Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R. del año 1999
99 DTS 050 IN RE: MALDONADO RIVERA 99TSPR050
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
IN RE: LUIS F. MALDONADO RIVERA
QUERELLADO
Conducta Profesional
99TSPR50
Número del Caso: AB-98-91, AB-98-130, RT-98-3549
Abogados de la Parte Querellante: AB-98-91 HON. CARLOS LUGO FIOL
PROCURADOR GENERAL
LCDA. IRIS M. BARRETO SAAVEDRA
PROCURADORA GENERAL AUXILIAR
AB-98-0130 LCDA. MARIA DE LOURDES RODRIGEZ
OFICIAL INVESTIGADORA, COMISION DE ETICA COLEGIO DE ABOGADOS
RT-98-3549 LCDA. CARMEN H. CARLOS CABRERA
DIRECTORA OFICINA INSPECCION DE NOTARIAS
Abogados de la Parte Querellada: POR DERECHO PROPIO
Abogados de la Parte Interventora:
Tribunal de Instancia: Superior
Juez del Tribunal de Primera Instancia:
Tribunal de circuito de Apelaciones:
Juez Ponente:
Fecha: 4/9/1999
Materia: Conducta Profesional
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 9 de abril de 1999
Mediante Opinión Per Curiam, de 22 de enero de 1999 -notificada el 1ro de febrero-, suspendimos indefinidamente de la práctica de la profesión al Lcdo. Luis F. Maldonado Rivera, por su reiterada desatención a los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías, e incumplimiento con la Regla 13 (c) de nuestro Reglamento sobre notificaciones tardías y órdenes.
Así las cosas, el 3 de marzo el Lcdo. Maldonado Rivera presentó "Moción de Reconsideración Urgente", en la cual evidencia el cumplimiento de las órdenes emitidas y solicita reinstalación.
Carecemos de jurisdicción para acoger dicha reconsideración, por haberse presentado fuera del término reglamentario. Sin embargo, en vista de que el Lcdo. Maldonado Rivera esta suspendido desde el 1ro de febrero y ha cumplido nuestras órdenes, se le reinstala de forma inmediata hoy en el ejercicio de la profesión legal.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Presidente señor Andréu García y el Juez Asociado señor Hernández Denton no intervinieron.
Isabel Llompart Zeno
Secretaria del Tribunal Supremo
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