Jurisprudencia
del Tribunal Supremo de P.R. del año 1999
99 DTS 125 IN RE:
VILLANUEVA LAGUER 99TSPR125
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
In re: Andrés Villanueva Laguer
99 TSPR 125
Número del Caso: 5069
Por
Derecho Propio
Fecha: 7/30/1999
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
San Juan, Puerto Rico, a 30 de julio de 1999.
Vista la moción solicitando la
reinstalación, se autoriza la reinstalación limitada del peticionario al
ejercicio de la abogacía. No se le
reinstala al ejercicio de la notaría.
Se apercibe al peticionario que al descargar sus responsabilidades
profesionales, deberá observar estrictamente los cánones de ética profesional y
que en el futuro deberá cumplir rigurosamente con las resoluciones de este
Tribunal.
Se concede término de sesenta (60) días
a la Directora de Inspección de Notarías, para que reaccione al escrito de
Andrés Villanueva Laguer, presentado ante nos el 21 de julio de 1999.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del
Tribunal Supremo. El Juez Presidente
señor Andréu García, el Juez Asociado señor Negrón García y la Juez Asociada
señora Naveira de Rodón no intervinieron.
Isabel Llompart Zeno
Secretaria del Tribunal Supremo
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