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Resumenes
de la Jurisprudencia de P.R.
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Este resumen fue preparado por Enrique
Silva Avilés de la División de Litigios de Fiddler, González
& Rodríguez, L.L.P, quien puede ser contactado en esilva@fgrlaw.com.
©2001, Enrique Silva Avilés, todos los derechos reservados.
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SÁNCHEZ
V. AUTORIDAD DE PUERTOS, 2001 T.S.P.R. 30
Persona
se cae en área de reclamo de equipaje.
Su representación legal envía cartas a la aseguradora
de Puertos. Según
el Supremo, dichas comunicaciones interrumpieron el término
prescriptivo contra Puertos.
Por tanto, la demanda se presentó oportunamente contra
dicha entidad. Se
reitera norma de Caparra Center de que “una vez se ha
efectuado una reclamación extrajudicial suficiente en derecho,
no es necesario que cada vez que el acreedor desee interrumpir
nuevamente el término prescriptivo, se repitan asuntos
previamente expresados; ello siempre que se pueda concluir que
de las posteriores cartas surja la intención de éste de no
perder su derecho.”
La
demanda también incluía a American como demandada en el caso. En cuanto a American, el Supremo expresó que el reclamó
extrajudicial contra ésta fue tardía por lo que no hubo
interrupción judicial del término prescriptivo; al menos una
interrupción por comunicación directa con dicha empresa. ¿Por
qué digo eso último? Porque
el Supremo dijo que en esta etapa de moción de desestimación (donde
se toman ciertos los hechos y toda duda se interpreta
favorablemente a la parte que se opone a la desestimación) no
se podía desestimar por prescripción contra American.
La razón es que en la demanda se “alegó” que la
supuesta negligencia fue tanto de American como de
Puertos, por lo que respondían “solidariamente”.
Por consiguiente, la interrupción contra uno de los
deudores solidarios (Puertos) afecta al otro supuesto deudor
solidario (American).
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Advertencia: La
colaboración de estos resumenes y opiniones son
expresamente del autor de los mismos y se publican para el
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