Jarra
v. Axxis Corporation, 2001 TSPR 162
Esto es un caso
sobre contrato de distribución, el cuál fue cancelado
por el principal. Se desestima demanda del
distribuidor, el principal prevalece en su reconvención e
incluso logra que se le atribuyan a su favor honorarios
por temeridad. El tribunal hace pronunciamientos, en
este contexto, de las obligaciones sujetas a condición
suspensiva y también sobre las condiciones potestativas,
las cuáles a su vez se dividen entre las rigurosamente
potestativas y las simplemente potestativas.
Los Hechos:
Principal y distribuidor suscriben contrato de distribución.
En el contrato se estipula, entre otras cosas, que el
distribuidor iba a adquirir una unidad del equipo que se
supone que este último vendiese. En ese sentido,
hizo un pago de $20,000 al principal y también pactó que
el pago remanente (ascendente a $15,000) al distribuidor
lo pagaría al principal "cuando vendiera la primera
unidad del equipo". El distribuidor no vendió
ni una sola unidad del equipo y sus gestiones para vender,
promocionar y establecer un mercado fueron mínimas.
Incluso, en el segundo y tercer año del contrato, prácticamente
no hizo gestión alguna. Por tal razón, el
principal, canceló el contrato de distribución, y el
distribuidor presentó su demanda a base de la Ley 75.
El principal contestó la demanda, levantando como defensa
que había justa causa, y presentó una reconvención
reclamando los $15,000 dólares que le debía el principal
por la compra del equipo que costaba $35,000 dólares y
que se había dado un pago inicial de $20,000.
Instancia concluyó que no procedía la demanda presentada
por el distribuidor y declaró con lugar la reconvención
del principal en cuanto al pago de los $15,000 adeudados.
La razón por la cuál se debían los $15,000 dólares
era, porque aunque era una obligación sujeta a condición
suspensiva, dicha condición suspensiva (que hubiese
generado la obligación del pago de los $15,000) no se
cumplió por las acciones del obligado. Cuando eso
ocurre, se considera jurídicamente como que la condición
se cumplió y surge la obligación de pago (tal y como si
se hubiese cumplido la condición). Instancia no
impuso honorarios por temeridad. Circuito confirmó
en parte y revocó en parte. Revocó la parte que
condenó al distribuidor al pago de los $15,000 dólares.
El Supremo reinstaló en su totalidad la decisión del
Tribunal de Primera Instancia desestimando la demanda y
declarando con lugar la reconvención.
Además el Supremo condenó al distribuidor a pagar $5,000
en honorarios por temeridad al principal debido a que la
demanda era frívola. El Supremo explicó que el
distribuidor incumplió sus prestaciones en el contrato de
distribución, razón por la que claramente había justa
causa para la terminación de dicho contrato. En
específico, el distribuidor realizó esfuerzos
promocionales mínimos para vender el producto del
principal, llegando al punto de abandonar su promoción
durante dos años. |