Pueblo v. Medina,
2003 TSPR 8
En Opinión emitida por el Juez Rebollo López, el
Tribunal Supremo se expresó sobre si cierta menor, acusada
de asesinar a su madre, renunció libre, voluntaria e
inteligentemente a su derecho constitucional a no
autoincriminarse. Esa interrogante el Tribunal Supremo
la contestó en la afirmativa, por lo que el más Alto Foro
confirmó al tribunal apelativo y al foro de instancia, los
cuales denegaron una moción de supresión de la defensa
para que se considerara inadmisible toda confesión de la
menor, todo testimonio de otras personas derivado del
testimonio de la menor y cualquier objeto (e.g., el arma)
también derivado de las expresiones incriminatorias de la
menor referida.
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