Cosme v. Hogar
Crea, 2003 TSPR 38
La controversia en este caso, según la identificó el
Juez Fuster Berlingeri, es si un juez del Tribunal de
Circuito de Apelaciones (Soler Aquino) puede intervenir en
un caso pendiente ante el foro de instancia sólo porque fue
el juez sentenciador antes, cuando era parte del Tribunal de
Primera Instancia. El Tribunal Supremo contesta que
no.
En primer lugar, el mero hecho de que el juez en cuestión
hubiese sido el magistrado del foro de instancia quien dictó
la sentencia a ser modificada en el caso de autos * el
tribunal apelativo modificó la sentencia original y devolvió
al tribunal de instancia para ciertos asuntos * de ningún
modo lo autorizaba para llevar a cabo la modificación
referida cuando dicho juez ya no pertenecía al Tribunal de
Primera Instancia. Explicó el Tribunal Supremo que el foro
con competencia para realizar la modificación de la
sentencia aludida era únicamente ese Tribunal de Primera
Instancia del cual el juez en cuestión no formaba parte ya.
Sin una designación expresa para tal fin de parte del Juez
Presidente del Tribunal Supremo, el Juez Soler Aquino estaba
impedido de participar de nuevo en el caso como si aún
fuese un juez del foro de instancia. Sencillamente, su
segunda intervención en el caso fue totalmente carente de
autorización..
En segundo lugar, al momento que el Juez intervino,
estaba pendiente ante el foro de instancia una moción de
reconsideración cuya controversia era precisamente si el
Juez Soler Aquino podía intervenir a nivel del tribunal de
primera instancia. A la luz de los principios que
gobiernan la Regla 47 de Procedimiento Civil, el Juez del
tribunal apelativo debió esperar a que se resolviera la
moción de reconsideración presentada oportunamente,
acogida y pendiente ante el foro inferior.
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