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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


Rodríguez Planell v. Overseas, 2003 TSPR 140

La controversia en este caso era resolver si un residente de Puerto Rico puede solicitar los remedios que le provee el Reglamento de Garantías de Vehículos de Motor ("el Reglamento"), aprobado por el Departamento de Asuntos del Consumidor ("DACO"), para reclamar por los alegados desperfectos de un automóvil que adquirió de un distribuidor autorizado a hacer negocios exclusivamente dentro de bases militares.  Mediante Opinión emitida por el Juez Corrada del Río la controversia se contesta afirmativamente.

El Tribunal Supremo evaluó una ley federal aplicable ("Ley Magnuson-Moss") y aclaró que no existe en la letra o propósitos de dicho estatuto ánimo alguno de desplazar la legislación estatal.  Por el contrario, la misma ley federal provee para su co-existencia con leyes estatales, al disponer que: "[n]othing in this title [15 U.S.C.S. § 2301 et seq.] shall invalidate or restrict any right or remedy of any consumer under State law or any other Federal law."  Por tanto, determinó que la Ley Magnuson-Moss establece unas normas y procedimientos que constituyen la protección mínima que todo estado, según definido en dicha ley, le debe proveer a sus consumidores, pero que ésta no excluye la aplicación concurrente de legislación estatal que se adhiera o supere beneficiosamente a la protección federal mínima. 

Al estudiar el Reglamento, el Tribunal Supremo observó que éste obedece las garantías mínimas establecidas por la Ley Magnuson-Moss; además de que contiene unas disposiciones más precisas y detalladas que la ley del Congreso, ofreciendo así mayores protecciones al consumidor.  Por consiguiente, debido a que el Reglamento no conflige con la ley federal mencionada, ni con misión militar alguna o algún interés federal de envergadura, ni tampoco el vehículo transita exclusivamente dentro del "enclave militar", el reclamante en este caso puede reclamar bajo el Reglamento, y la agencia ("DACO") tiene jurisdicción sobre su reclamación.


Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés de la División de Litigios de Fiddler, González & Rodríguez, L.L.P, quien puede ser contactado en esilva@fgrlaw.com. ©2001, Enrique Silva Avilés, todos los derechos reservados.
 

Advertencia: La colaboración de estos resumenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes. LexJuris no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

 

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