Jurisprudencia
del Tribunal Supremo de P. R. del año 2001
2001 DTS 042 IN RE: PROYECTO DE REGLAS DE ASUNTO
NO CONTENCIOSOS 2001TSPR042
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO
RICO
In re: Término para que se
presenten Comentarios y Recomendaciones al Proyecto de
Reglas de Asuntos no Contenciosos
ante Notario
2001
TSPR 42
Número
del Caso: EC-2001-01
Fecha:
30/marzo/2001
Este documento constituye un
documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y
correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones
del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la
comunidad.
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 30 de
marzo de 2001
La Ley de Asuntos
No Contenciosos Ante Notario, Núm. 282 de 21 de agosto de 1999, autorizó a los
notarios y notarias en Puerto Rico a atender, en forma concurrente con los
tribunales, ciertos asuntos que antes de la aprobación de la ley se tramitaban
exclusivamente en el foro judicial.
Encomendamos al
Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial y a la Oficina de Inspección
de Notarías, la revisión del Informe y Reglamentación sobre Jurisdicción
Voluntaria, rendido por el Comité Asesor sobre Jurisdicción Voluntaria, con el
propósito de conformar la reglamentación originalmente propuesta por dicho
Comité a las disposiciones de la Ley de Asuntos No Contenciosos Ante Notario.
El Secretariado de
la Conferencia Judicial y Notarial y la Oficina de Inspección de Notarías nos
han presentado el Proyecto de Reglas de Asuntos No Contenciosos Ante
Notario. Examinado el mismo, se dispone
lo siguiente:
1.
Se
concede un término de sesenta (60) días, para que el Consejo Notarial del Colegio de Abogados de Puerto Rico, la
Asociación de Notarios de Puerto Rico y cualquier abogado notario o abogada
notaria sometan sus comentarios y recomendaciones por escrito en torno al
Proyecto de Reglas sobre Asuntos No Contenciosos Ante Notario. El término aquí dispuesto comenzará a
decursar a partir de la notificación de esta resolución.
2.
Se
instruye a la Directora del Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial
a remitir copia del Proyecto de Reglas sobre Asuntos No Contenciosos Ante
Notario a las organizaciones antes señaladas y a los abogados notarios y a las
abogadas notarias que así lo soliciten.
3.
Los
comentarios y recomendaciones por escrito podrán ser entregados personalmente
en la Oficina del Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial localizada
en el Tribunal Supremo de Puerto Rico, o enviados por correo a la siguiente
dirección:
Secretariado
de la Conferencia Judicial y Notarial
PO BOX 9022392
SAN JUAN, PUERTO RICO 00902-2392
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y
certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Isabel
Llompart Zeno
Secretaria del Tribunal Supremo
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ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento
oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso
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