Jurisprudencia
del Tribunal Supremo de P. R. del año 2001
2001
TSPR 051 IN RE: MALDONADO RIVERA 2001TSPR051
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO
RICO
In re: Roberto José Maldonado
Rivera
2001
TSPR 51
Número
del Caso: TS-2923
Fecha:
6/abril/2001
Oficina
del Procurador General: Lcda.
Edna Evelyn Rodríguez
Procuradora General Auxiliar
Abogados
de la Parte Querellada: Lcdo. Luis
F. Camacho
Lcdo.
Julio Eduardo Torres
Este documento constituye un
documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y
correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones
del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la
comunidad.
San Juan, Puerto Rico, a 6 de abril de 2001
Visto
el Informe de la Comisión de Reputación presentado el 5 de marzo de 2001, se
autoriza la reinstalación a la abogacía del licenciado Roberto José Maldonado
Rivera.
Publíquese.
Lo
acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Rebollo López, la
Jueza Asociada señora Naveira de Rodón y el Juez Asociado señor Corrada del Río
no intervinieron.
Isabel
Llompart Zeno
Secretaria
del Tribunal Supremo
Presione Aquí
para regresar al Menú anterior y seleccionar otro caso.
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento
oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del
proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su
distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
LexJuris de
Puerto Rico siempre está bajo construcción.
|Home|
Abogados | Aspirantes | Leyes y
Jurisprudencia | Información | Agencias | Pueblos de Puerto
Rico | Servicios Futuros | Publicidad | Directorios | Compras | Eventos | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| Revista Jurídica |
La
información, las imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos
preparados por Lexjuris son propiedad de Lexjuris. Otros documentos disponibles
en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños. Derechos
Reservados. Copyright (c) 1997-2001 LexJuris
de Puerto Rico.