Jurisprudencia
del Tribunal Supremo de P.R. del año 2001
2001 DTS 133 IN RE: LUGO RODRÍGUEZ II
2001TSPR133
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: Rafael Lugo Rodríguez II
Querella
2001 TSPR 133
155 DPR
____
Número del
Caso: CP-2000-02
Fecha:
1/octubre/2001
Oficina del
Procurador General: Lcda. Yvonne Casanova Pelosi
Procuradora
General Auxiliar
Abogado de
la Parte Querellada: Lcdo. Pedro
Malavet Vega
Materia:
Conducta Profesional
ADVERTENCIA
Este documento constituye un
documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y
correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones
del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la
comunidad.
RESOLUCION
(NUNC PRO
TUNC)
San Juan, Puerto Rico, a 1 de octubre
de 2001.
Examinada
la Moción Solicitando Aclaración presentada por el Procurador General en el
caso de autos el 25 de septiembre de 2001, el Tribunal se da por enterado.
Se
enmienda Nunc Pro Tunc la Opinión Per Curiam emitida el 19 de septiembre de
2001 y notificada el 20 de septiembre de 2001 en el caso de epígrafe, a los
fines de modificar el primer párrafo completo que aparece en la página 11 y
continúa en la página 12 de dicha Opinión y eliminar de dicho párrafo las
oraciones número 2 a la 6.
Por
un error secretarial en el Tribunal las oraciones en cuestión no fueron
eliminadas de la versión final del Per Curiam referido que fue aprobado por
este Tribunal, y que por lo tanto nunca debieron aparecer en el Per Curiam que
se les notificó a las partes.
Se le ordena a la Secretaria del
Tribunal que notifique, para efectos de la divulgación electrónica de la
Opinión, la versión corregida del Per Curiam.
Publíquese.
Lo
acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Isabel Llompart Zeno
Secretaria del Tribunal Supremo
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