Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R. del año 2001


2001 DTS 157 IN RE: TEJADA RIVERA 2001TSPR157

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

In re: Lic. Pedro J. Tejada Rivera

Querella

2001 TSPR 157

155 DPR ____

Número del Caso: CP-2000-3

Fecha: 9/noviembre/2001

 

Oficina del Procurador General:            Lcda. Yvonne Casanova Pelosi

                                                            Procuradora General Auxiliar

Abogado de la Parte Querellada:          Lcdo. René Arrillaga Beléndez

Materia: Conducta Profesional

 

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

RESOLUCIÓN

 

San Juan, Puerto Rico, a 9 de noviembre de 2001.

 

            Estudiada la moción de reconsideración del peticionario y reexaminado el Informe del Comisionado Especial y el hecho de que el abogado aceptó los hechos imputados y ha mostrado su arrepentimiento por su desempeño profesional en este caso, se deja sin efecto la suspensión de la abogacía decretada en la Opinión Per Curiam de 24 de septiembre de 2001.  En su lugar, se le impone al peticionario una sanción de quinientos dólares ($500.00) que deberán ser consignados en la Secretaría de este Tribunal en el término de quince (15) días, contados a partir de la notificación de esta Resolución.

 

Además, se modifica nuestra sanción disciplinaria de la notaría para suspenderlo permanentemente del ejercicio de la misma.

 

            Publíquese.

 

            Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.  La Juez Asociada señora Naviera de Rodón no intervino.

 

 

                                                Isabel Llompart Zeno

                                    Secretaria del Tribunal Supremo

 

 

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