Jurisprudencia
del Tribunal Supremo de P. R. del año 2003
2003 DTS 023 IN RE: VILLANUEVA DIAZ 2003TSPR023
Re: Osvaldo
Antonio Villanueva Díaz
2003 TSPR 23
158 DPR ____
Número del Caso: TS-2664
Fecha: 21 de febrero de 2003
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Felipe Benicio Sánchez Rivera
Lcdo. Víctor Ramos Acevedo
Oficina del Procurador General: Lcdo. Roberto J. Sánchez Ramos
Procurador General
Abogado de la Comisión de Reputación para el Ejercicio de la Abogacía:
Lcdo. Alcides Oquendo Solís
Miembros de la Comisión de Reputación para el Ejercicio de la Abogacía:
Lcda. Belén Guerrero Calderón
Lcdo. José Guillermo Vivas
Lcdo. Carlos Víctor Dávila
Lcdo. Doel Quiñones Núñez
Dr.
Robert Stolberg
Materia: Solicitud
de Reinstalación
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 21 de febrero de
2003
Examinado el Informe de la
Comisión de Reputación Para el Ejercicio de la Abogacía y la comparecencia del
Sr. Olvaldo Villanueva Díaz, se ordena la reinstalación inmediata de éste al
ejercicio de la abogacía.
El Tribunal apercibe a la
representación legal del peticionario Osvaldo Villanueva Díaz, sobre el uso de
algunas expresiones de mal gusto dirigidas a los distinguidos miembros de la
Comisión de Reputación Para el Ejercicio de la Abogacía.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica
la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Hernández Denton, a
pesar de que está conforme con el apercibimiento que se le hace a la
representación legal del peticionario, disiente de la determinación tomada en
el día de hoy por el Tribunal por entender que éste debió ordenar la
transcripción de los procedimientos ante la Comisión de Reputación antes de
tomar una determinación final en el caso. La Juez Asociada señora Naveira de
Rodón inhibida. El Juez Asociado señor Fuster Berlingeri no intervino.
Patricia
Otón Olivieri
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ADVERTENCIA
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