Jurisprudencia
del Tribunal Supremo de P. R. del año 2003
2003 DTS 103 OFICINA DE ETICA V. ROMAN GONZALEZ 2003TSPR103
EN EL TRIBUNAL
SUPREMO DE PUERTO RICO
Oficina de Ética Gubernamental
Querellante-Recurrida
v.
Julio C. Román González
Querellado-Peticionario
Certiorari
2003 TSPR 103
159 DPR ____
Número del Caso: CC-2001-51
Fecha: 12 de junio de 2003
Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I
Juez
Ponente: Hon.
José M. Aponte Jiménez
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo.
Israel Roldán González
Lcdo.
Víctor Calderón Cestero
Abogadas
de la Parte Recurrida: Lcda.
Gretchen Camacho Rossy
Lcda.
Wanda Torres Velázquez
Materia: Revisión Judicial de Resolución Administrativa
ADVERTENCIA
Este documento constituye un
documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y
correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones
del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la
comunidad.
RESOLUCIÓN
Nunc Pro Tunc
San Juan, Puerto Rico, a 12 de junio de 2003.
Se enmienda
nunc pro tunc nuestra Opinión de 1 de mayo de
2002 para que la nota al calce número 11 de la página 20 lea de la siguiente
manera:
Canon 18 de Ética Profesional, 4 L.P.R.A Ap.
IX. Aunque al representante legal del peticionario se le impuso una sanción
económica por no someter a tiempo el informe de la conferencia con antelación a
la vista adjudicativa, tal conducta no es atribuible al peticionario, sino a la
falta de la debida previsión y control adecuado de su calendario por parte del
licenciado Roldán González.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y
certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. Los Jueces Asociados señores
Rebollo López y Corrada del Río no intervinieron. El Juez Asociado señor
Hernández Denton está inhibido.
Patricia Otón Olivieri
Secretaria del Tribunal Supremo
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