Ley Núm. 123 del
año 1999
(P. del S. 1465) Ley 123, 1999
Para enmendar la Ley de la Compañía de Fomento
Industrial
Para enmendar el inciso (a) del
Artículo 9 de la Ley Núm. 188 de 11 de mayo de 1942, según enmendada, conocida
como "Ley de la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico" a los
fines de clarificar el modo en que se nombrará el Director Ejecutivo de la
referida Compañía.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Con la aprobación de la Ley Núm. 203 de
29 de diciembre de 1997, se enmendó la Ley Número 188 de 11 de mayo de 1942, a
los fines de transferir todas las funciones, poderes y deberes de la
Administración de Fomento Económico a la Compañía de Fomento Industrial. La referida Ley requiere que se designe un
Director Ejecutivo quien estará a cargo de las actividades de la Compañía y
tendrá aquellos poderes que se provean por los reglamentos de la Compañía. A tales efectos es menester clarificar la
redacción del inciso (a) del Artículo 9 de la Ley Número 188 de 11 de mayo de
1942, para establecer claramente el modo en que se nombrará al Director
Ejecutivo de la Compañía de Fomento Industrial.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se enmienda el inciso (a) del Artículo 9 de la Ley Núm. 188 de 11 de mayo de 1942, según enmendada, para que lea como sigue:
"Artículo 9
(a)
El Director Ejecutivo de la Compañia será nombrado por el Gobernador con
el consejo y consentimiento del Senado. El Director Ejecutivo desempeñará su
cargo a voluntad de la Junta de Directores, y su compensación será la que ésta
determine. Sujeto al control de la Junta, el Director Ejecutivo estará a cargo
de las actividades de la Compañía y tendrá aquellos poderes que se provean por
los reglamentos de la Compañía.
(b)..."
Sección 2. Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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