Ley Núm. 156 del
año 1999
(P. del S. 1583) Ley 156,1999
Para ordenar se designe el puente carr. PR
53 Ramón Luis Cruz Dávila
LEY NUM. 156 DEL 18 DE JULIO DE 1999
Para ordenar a la
Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Instituto de Cultura
Puertorriqueña que designe el puente de la Carretera PR 53, desde el Km. 40.2
hasta el Km. 42.7 del Municipio de Yabucoa, con el nombre de Ramón Luis Cruz
Dávila.
EXPOSICION
DE MOTIVOS
El joven Ramón Luis Cruz Dávila, en
su corta vida, dejó profundas huellas en el corazón de todos los yabucoeños. Se
destacó por su honradez, dedicación, laboriosidad, respeto por los demás y por
una inmaculada dignidad política y más que todo, por la verticalidad de un
hombre tallado en el seno de una honorable familia del pueblo de Yabucoa.
Ser hombre no es durar mucho,
meramente ser hombre es vivir la vida atendiendo todos los valores morales que
engrandecen el espíritu humano que se producen en el ejercicio de la bondad, el
amor y la responsabilidad para con nuestros conciudadanos.
Estudió en la Escuela Elemental Urbana de Yabucoa, donde se graduó con altos honores. Continuó sus estudios de escuela intermedia y superior, obteniendo su diploma en el año 1984, también con altos honores por su dedicación al estudio. Fue muy querido y admirado por sus condiscípulos y maestros por su liderato, compañerismo, humildad, caballerosidad, sentimiento patriótico, verticalidad de principios e intachable conducta moral; cualidades éstas que fueron inculcadas por sus padres, Olga Dávila y Ramón Cruz.
En memoria y reconocimiento de este
dedicado joven, nacido el 13 de septiembre de 1966 y fallecido el 22 de julio
de 1984, y habiendo transcurrido alrededor de catorce (14) años de su pérdida a
consecuencia de un accidente, resulta necesario y justo distinguir a este hijo
querido del pueblo de Yabucoa, denominando el Puente de la Carretera PR 53
desde el Km. 40.2 hasta el Km. 42.7, con su nombre, para que de esta manera
pueda ser recordado por su pueblo y a la vez sea ejemplo de superación y
dedicación a las generaciones futuras.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- Se ordena a la Comisión Denominadora
de Estructuras y Vías Públicas del Instituto de Cultura Puertorriqueña que
designe el Puente de la Carretera PR 53, desde el Km. 40.2 hasta el Km. 42.7
del Municipio de Yabucoa, con el nombre de Ramón Luis Cruz Dávila.
Artículo 2.- La Comisión Denominadora de
Estructuras y Vías Públicas del Instituto de Cultura Puertorriqueña, tomará las
medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley.
Artículo 3.- Esta Ley entrará en
vigor inmediatamente después de aprobación.
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