Ley Núm. 178 del
año 1999
(P. del S. 1230)
Ley 178, 1999
Designación a Carretera PR 2 “Carretera Miguel Angel García Méndez"
LEY NUM 178 DEL 30 DE JULIO DE 1999
Para disponer
que el tramo de la Carretera PR 2 desde la Urbanización Mayagüez Terrace al
Puente de Añasco sea designada con el nombre de "Carretera Miguel Angel
García Méndez" y en la eventualidad que dicho tramo sea convertido en
expreso, sea designado "Expreso Miguel Angel García Méndez".
EXPOSICION DE MOTIVOS
Entre los hombres ilustres que se han
destacado en la historia de Puerto Rico se encuentra el literato, orador,
político, industrial, agricultor y excelente abogado Miguel Angel García
Méndez. Sus esfuerzos, eficiencia, desvelos y dedicación durante largos años de
su vida en la elaboración y aprobación de legislación, primero en la Cámara de
Representantes y posteriormente en el Senado de Puerto Rico, sentaron las bases
para la estructura política que hoy día da amparo a los hijos de esta
tierra. En ánimo de que generaciones
venideras recuerden su obra, esta Asamblea Legislativa hace público
reconocimiento a don Miguel Angel García Méndez, designando con su nombre una de las vías públicas de su
área natal.
Miguel Angel García Méndez
nace en Aguadilla, el 17 de noviembre de 1902, donde su infancia transcurre
entre visitas al Parterre y al Monte de las Animas al cual subía para echar a
volar chiringas. Sus padres Juan García
Figueroa y Carmen Méndez Elías, ambos descendientes de españoles, se
establecieron en la Calle Progreso y, posteriormente en La Marina, en donde
criaron a sus nueve (9) hijos.
A los diecinueve (19) años se graduó de
abogado en la Universidad de Puerto Rico, en Río Piedras (1921), ocasión en que
obtuvo el Primer Premio por su monografía "Derecho Constitucional",
otorgado por la Universidad de Princeton.
Ocupó el cargo de Juez Municipal de San
Germán de 1923 a 1924, ocasión que le permitió conocer a la que fue su novia y
esposa, Fredeswinda Ramírez de Arellano, en 1925, y con quien procreó dos (2)
hijas: Ileana y Fredita.
Consecuente defensor de los derechos del
pueblo, ha sido hombre honesto que defendía con sinceridad lo que desde su
punto de vista le haría bien a su país.
Fue electo Representante a la Cámara por el Distrito Número 18 de San
Germán-Sabana Grande en 1928, siendo elevado a la Presidencia de la Cámara el
13 de febrero de 1933, a los 30 años de edad, siendo el legislador más joven
que ha ocupado ese cargo. Entre su
labor legislativa se encuentra la declaración del Día del Maestro, incentivos
para fomentar la industrialización y medidas que buscaban defender al débil del
más fuerte, al obrero y a la mujer. Fue
propulsor del Instituto de Turismo y una FHA.
Sometió legislación para la creación del Comité Olímpico de Puerto
Rico. Luchó para la aprobación de la
Ley 52 de mayo de 1933, que autorizaba al Tesoro de Puerto Rico a emitir bonos
para comprar terrenos destinados a granjas agrícolas, bajo la Ley de Hogar
Seguro.
En 1951, formó parte de la Asamblea
Constituyente que tuvo a cargo la redacción de la Constitución del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico, siendo una de las figuras del momento político. En 1952, fue electo Presidente del Partido
Estadista junto a otros grandes líderes del país como Don Luis A. Ferré, el Dr.
Leopoldo Figueroa, Ramiro Colón y otros, logrando duplicar los votos en las
elecciones de 1956 y elevando su partido a la categoría de principal partido de
oposición. García Méndez ha sido
siempre aficionado a las letras, tanto a la lectura como la escritura. Entre sus escritos se encuentran
"Puerto Rico Eslabón de las Américas" y "La Universidad de
Puerto Rico como Universidad Panamericana". Es autor de "Cartas al Pueblo" de "La Solución al
Status Político Final de Puerto Rico".
A petición de la escritora Clara Lair, redactó el prólogo para su obra
"Arras de Cristal". Es autor de muchos otros escritos entre los que
se cuentan cartas, poesías, pensamientos, discursos y otros. Tuvo una destacada participación en
entidades cívico-sociales educativas, y de otra naturaleza como la Junta de
Directores del Banco Caja de Economías de San Germán, Junta de Síndicos de la
Universidad de Puerto Rico, y de la Universidad Interamericana, Instituto de
Literatura y la Organización "Five Minute Men", Junta de Síndicos del
Hospital Presbiteriano, Asociación de Productores de Azúcar, Colegio de
Abogados, Banker's Club, Ateneo de Puerto Rico, Academia de Artes y Ciencias de
Puerto Rico, Casa de España, Smithsonian Institution y Young Congressional Club
de Washington. También fue miembro de
la Comisión para el estudio del Sistema Legislativo, de la Junta Asesora del
Banco Mercantil y Delegado a las Asambleas del "Partido Republicano Nacional",
del que fue "State Chairman",
(Presidente Estatal) de 1952 a 1968.
Su
nombre se mencionaba entre los considerados para Gobernador a finales de 1939,
pero ante la disidencia surgida en el
Partido Unión Republicana, García Méndez forma el "Partido Unificación
Tripartita" que fue derrotado ante el primer triunfo en las urnas del
Partido Popular Democrático en 1940, dirigido por Luis Muñoz Marín. Ya en las elecciones del 1944, García
Méndez, a pesar de contarse entre los líderes del Partido Unión Republicana
Progresista, no figura como candidato. En 1952, García Méndez regresa a
presidir el Partido Estadista ante la discusión pública que había planteado la
Ley 600, fecha en que resulta electo Senador por Acumulación.
Fue miembro de la Convención Constituyente donde quedó su trabajo, como legado de su
excelente labor y en el Preámbulo de Constitución del Estado Libre Asociado, se
leen las palabras de don Miguel Angel García Méndez que dicen así: "Que consideramos factores
determinantes de nuestra vida, además de la ciudadanía de los Estados Unidos de América y la
aspiración a continuamente enriquecer nuestro acervo democrático en el disfrute
individual y colectivo de sus derechos y prerrogativas."
En su defensa del ideal de la Estadidad, debatió
con el líder máximo de la oposición, a
raíz de lo cual don Juan Angel Tió lo llamó "El Príncipe de la Oratoria
Puertorriqueña". Aquel día quedó
unánimemente reconocido como un orador de altos vuelos y el pueblo entero de
Puerto Rico quedó prendado del hechizo de su palabra, a cuyo calor las ideas
cobraban un tono espectacular y pujante que destruían las que se
presentaban. "Un hombre que ha
aportado a la Política Puertorriqueña una subyugante espiritualidad y a su
verbo sin par, deben los hijos de esta tierra, las horas interminables del
sueño y embriaguez que podrían señalarse entre las más grandes y bellas de su
historia", según lo describe el periódico El Mundo. Sus seguidores lo llamaban con el nombre del
"Pitirre" y "Pico de Oro".
Propulsó la Resolución Conjunta Número 1
de 3 de diciembre de 1962, que contenía una
definición del Estado Libre Asociado como fórmula política ante la
Estadidad y la Independencia con
carácter de status final. Esa
Resolución Conjunta tuvo el efecto de que en el Congreso de Estados Unidos
aprobara, la creación de la Comisión de Status cuando el Presidente Johnson
firmó este proyecto como la Ley Pública Núm. 88-271.
En 1968 se retira de la política activa, y
a través de la prensa, en el periódico El Mundo, más tarde en "El
Imparcial", continuó transmitiendo sus conocimientos al Pueblo.
Retirado de la participación política
activa, García Méndez continuó su carrera de negocios, en la agricultura, la
industria y destacándose en los negocios de la banca comercial con sede en la
Sultana del Oeste.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- Disponer que el tramo
de la Carretera PR 2 desde la Urbanización Mayagüez Terrace al Puente de Añasco
sea designada con el nombre de "Carretera Miguel Angel García Méndez"
y en la eventualidad que dicho tramo sea convertido en expreso, sea designado
"Expreso Miguel Angel García Méndez".
Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y
Vías Públicas del Gobierno de Puerto Rico, tomará las medidas necesarias para
dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley sin sujeción a lo dispuesto en
la Ley Número 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada.
Artículo 3.- Esta Ley comenzará a
regir inmediatamente después de su aprobación.
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