Ley Núm. 186 del
año 1999
(P. del S. 1464) Ley 186, 1999
Para declarar el 25 de marzo el natalicio del músico y violinista José Figueroa Sanabia.
LEY NUM. 186 DEL 30 DE JULIO DE 1999
Para declarar la conmemoración y disponer la celebración, el 25 de marzo de
cada año, en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, del natalicio del músico
y violinista José Figueroa Sanabia.
EXPOSICION DE MOTIVOS
José Figueroa Sanabia nace, el 25 de marzo
de 1905, en San Sebastián y muere, el 9 de noviembre de 1998, en San Juan,
Puerto Rico. Hijo primogénito del
matrimonio integrado por los ilustres músicos, señor Jesús Figueroa Iriarte y
la señora Carmen Sanabia Ellinger, manifiesta prodigiosamente desde su niñez la
vocación musical compartida por sus progenitores, a través de su talento y disciplina
extraordinaria.
Su virtuosismo desde edad temprana
detectado por Henri Ern, prominente violinista, profesor y director del
Departamento de Cuerdas del Conservatorio de Cincinnati, constituye el presagio
de una carrera artística musical que rebasa exitosamente las costas
puertorriqueñas. Como niño prodigio, de
joven y de adulto cumple un excelso proyecto de vida. Realiza su primera gira por México y Cuba. Se traslada a Europa donde también es
reconocido, respetado y admirado por grandes maestros, como don Pablo Casals.
En 1923,
José Figueroa Sanabia ingresa en el Real Conservatorio de Madrid. El 21 de julio de 1925 logra el Premio
Sarasate.
El Senado de Puerto Rico, presidido en
1927 por don Antonio Barceló, aprueba la Resolución Concurrente Núm. 1 de 29 de
abril, para honrar al joven violinista con motivo de sus triunfos en Europa.
Se incorpora a la Ecole Normale de Musique
en París y estudia bajo la tutela del maestro Thibaud. Logra su licencia de conciertos, la primera
otorgada en la referida institución en 1928.
Asimismo, ocupa la cátedra de su maestro Chailley en la referida Escuela
Normal de Música, además de formar parte de la Orquesta de Conciertos de
Cortot.
Desarrolla una carrera sobresaliente de
conciertos por toda Europa. En 1945,
obtiene la cuarta mención honorífica en el concurso honrado al célebre
violinista Weinawsky en Varsovia.
En 1940, se traslada a Nueva York. Durante esa década es primer violín del
American String Quartet, así como concertino de la American Arts
Orchestra. Ofrece conciertos en salas
prestigiosas como Town Hall y Carnegie Hall.
Lleva a cabo tournées a través de los Estados Unidos. Es concertino de la City Center Symphony
Orchestra.
En 1949, junto a otros amigos organiza la
Sociedad de Amigos de la Música.
Posteriormente, para el 1958, es invitado a tocar en la orquesta del
Festival Casals donde permanece por años.
Se desempeña, por breve tiempo, como
primer violín del Cuarteto de la Universidad de Puerto Rico, al igual que se
integra a los tríos del Conservatorio y Puerto Rico con Odnoposoff, Sanromá y
López Sobá.
En los años 60, es invitado a ser miembro
de la Orquesta del Festival Casals. Se
destaca como solista en su concierto inaugural.
También, se establece como uno de los
puntales del Conservatorio de Música y de la Orquesta Sinfónica de Puerto Rico,
en la que se desempeña magistralmente como concertino hasta 1990 cuando se
acoge a la jubilación. Igualmente, es
concertino de la Orquesta Filarmónica.
Asimismo,
durante las décadas de los años 60 y 70 se desempeña como Jefe del
Departamento de Violín, Jefe del Departamento de Cuerdas, Decano de Estudios y
Rector del Conservatorio de Música de Puerto Rico.
El
testimonio sobre la nobleza de la manifestación de nuestro cariñosamente
recordado Pepito Figueroa como ser humano de excepcional autenticidad,
sinceridad, sencillez y humildad armónicamente corresponde con su talento
extraordinario al servicio del arte y su misión de hermano mayor de la ilustre
familia Figueroa Sanabia. Es el pionero que colabora en la formación educativa
musical en el exterior de sus hermanos Narciso, Jaime, Leonor, Carmelina,
Guillermo y Rafael. Tanto él como sus
hermanos forjan, como maestros sembradores de la simiente, a las nuevas
generaciones de músicos, en la afamada familia Figueroa Sanabia, e igualmente,
en el Pueblo de Puerto Rico y el exterior. Ello constituye su excelsa ofrenda
al patrimonio artístico cultural de nuestro país.
En mérito y gratitud al maestro José
Figueroa Sanabia, por su proyecto de vida ejemplar, consagrada al arte y a la
música, así como su ofrenda del don de la enseñanza y la formación de nuevas
hornadas de músicos y violinistas en nuestro país, se aprueba esta Ley.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo
1.- Se declara la conmemoración y
se dispone la celebración, el 25 de marzo de cada año, en el Estado Libre
Asociado de Puerto Rico, del natalicio del músico y violinista, José Figueroa Sanabia.
Artículo
2.- El Gobernador del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico emitirá la proclama alusiva a tal fecha y
exhortará a la participación de las entidades públicas, municipales y privadas,
así como del Pueblo de Puerto Rico, en la coordinación de esfuerzos y
actividades para la conmemoración dispuesta en esta Ley.
Se autoriza, particularmente, a la
Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, a la Universidad de Puerto
Rico, al Departamento de Educación, al Instituto de Cultura Puertorriqueña, a
los municipios de San Sebastián y San Juan, al igual que a otras entidades
públicas y municipales, para que coordinen y celebren actividades conforme al
mandato establecido en esta Ley.
Artículo
3.- Esta Ley tendrá vigencia
inmediata después de su aprobación.
Presione
Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otra ley.
ADVERTENCIA
Este
documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de
P.R. que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y
publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se
hace como un servicio público a la comunidad.
LexJuris de
Puerto Rico siempre está bajo construcción.
| Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | Pueblos de Puerto Rico| Servicios Futuros |
|Publicidad | Directorios | Compras | Eventos | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD|
La información, las imágenes, gráficas u otro
contenido en todos los documentos preparados por Lexjuris son propiedad de
Lexjuris. Otros documentos disponibles en nuestras conecciones son propiedad de
sus respectivos dueños. Derechos Reservados. Copyright (c) 1997 LexJuris de
Puerto Rico y Publicaciones CD.