Ley Núm. 262 del
año 1999
(P. del S. 1450)
Ley 262,1999
Para declarar el 7 de septiembre la conmemoración a Roberto Cole
LEY NUM. 262 DEL 17 DE AGOSTO DE 1999
Para declarar y disponer
la conmemoración, el 7 de septiembre de cada año, en el Estado Libre Asociado
de Puerto Rico, de la obra artística musical del compositor Roberto Cole.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Roberto Lafayette Cole Vázquez, conocido
artísticamente como Roberto Cole, nace en Mayagüez, Puerto Rico, el 7 de
septiembre de 1915 y muere el 8 de marzo de 1983, en Houston, Texas.
Hijo del señor Frank Cole y de la señora
Belisa Vázquez, recibe su educación elemental y secundaria en su ciudad natal.
Respecto a su educación musical, su propia madre le enseña cuatro y guitarra.
Asimismo, recibe lecciones de los maestros José Antonio Gaudier y
Alfredo Romero. Se casa con la señora
Carmen Sánchez, con quien procrea tres hijos.
Ejerce la profesión de músico y también,
se desempeña en el arte de la fotografía, ocupando durante muchos años el cargo
de director del Departamento de Fotografía de la Compañía de Fomento Económico.
Es merecedor en 1966 de un premio en el
Festival de la Canción Puertorriqueña, auspiciado por el Instituto de Cultura
Puertorriqueña.
Su disposición y talento musical en la
composición comienza desde temprana edad.
Ingresa en la Orquesta de Frank Madera como contrabajista. A los 16 años ya llevaba a cabo arreglos
orquestales. Posteriormente, forma
parte de otras orquestas en Mayagüez y en el año 1934, se integra como
contrabajista y arreglista de la Orquesta de Rafael Muñoz.
En 1930 aparece su primer bolero
"Sigue tu camino", para continuar la manifestación de su creación musical
con "Lirio Blanco", "Romance del campesino",
"Olvídame", "Penumbra", "Mensajes", "Tarde
gris", "Lo nuestro es amor", "A Mayagüez",
"Querida mía", "Será mejor", "Mi
sufrimiento","Ven óyeme", "Mi loca fantasía", "En
luna llena" y "Lamento del Campesino", entre otras composiciones.
Roberto Cole describe su estilo musical en
términos de que la melodía y la letra deben contener un mensaje fácil de captar
por el público. Su fiel cumplimiento
con este principio artístico, así como su exaltación del sentimiento
puertorriqueño, convierten a Roberto Cole en otro de nuestros compositores que
trasciende el tiempo y las costas de nuestros país, para orgullo del pueblo de
Puerto Rico.
Por tanto, se aprueba esta Ley en justo
homenaje al compositor Roberto Cole mediante la recordación de su obra
artística musical.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo
1.- Se declara y dispone la conmemoración, el 7 de septiembre de cada
año, en el Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, de la obra artística musical del compositor Roberto Cole.
Artículo
2.- El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá la
proclama alusiva a tal fecha y exhortará a la participación de las entidades
públicas, municipales y privadas, así como del pueblo de Puerto Rico, en la
coordinación de esfuerzos y actividades
para la conmemoración dispuesta en esta Ley.
Se autoriza, particularmente, a la
Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, a la Universidad de Puerto
Rico, al Departamento de Educación, al Instituto de Cultura
Puertorriqueña, al Municipio
de Mayagüez, al
igual que a otras entidades públicas y municipales
para que coordinen y lleven a cabo actividades conforme al mandato establecido
en esta Ley.
Artículo
3.- Esta Ley tendrá vigencia inmediata después de su aprobación.
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