Ley Núm. 332 del
año 1999
(P. del S. 1927) 1999, Ley 332
Para derogar la sección 3 de la Ley Núm. 169 de 1942, Rentas Internas.
Para derogar la Sección 3 de la Ley Núm. 169
de 9 de mayo de 1942, según enmendada.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Ley Núm. 169 de 9 de mayo de 1942, según enmendada, contiene
disposiciones que facultan al Secretario de Hacienda a reglamentar las escalas
de sueldos a pagarse a los agentes de venta de sellos de Rentas Internas. De
aprobarse el conjunto de proyectos presentados para enmendar las disposiciones
legales relacionadas con la venta de sellos, la Sección 3 de la Ley Núm. 169 de
9 de mayo de 1942 sería innecesaria y repetitiva, por lo que debe derogarse.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se deroga la Sección 3 de la Ley Núm.169 de 9 de mayo de 1942, según
enmendada.
Artículo 2.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su
aprobación.
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