Ley
Núm. 101 del año 2003
(P. de la C. 3098), 2003, 101
Para designar la cuarta semana de
abril como la “Semana de la Liga Atlética Policíaca”.
Para
designar la cuarta semana de abril de cada año, como la "Semana de la Liga
Atlética Policíaca".
Es política pública del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico, proveer a los niños y adolescentes la atención,
cuidado y todas aquellas oportunidades que propendan a su mejor y más completo
desarrollo físico, emocional e intelectual. La Liga Atlética Policíaca, fundada
el 22 de abril de 1943, es decir, hace cerca de 60 años, cumple ese propósito y
labora intensamente para ello, desde su nacimiento como organización cívica.
Esta prominente organización,
mediante el deporte, el modelaje de policías altamente educados y actividades
de diversa naturaleza, efectivas para el desarrollo integral de niños y
adolescentes, agrupa en este momento a más de 28,000 niños, a quienes protege
del vicio, la droga y el crimen. Durante sus 60 años de existencia, miles de
profesionales, líderes cívicos, del comercio, la industria y la política, se
beneficiaron de sus actividades, dirigidas a proveer esparcimiento, recreación
sana y liderazgo.
Muchos de nuestros líderes
cívicos y políticos del presente formaron parte de la Liga. Así, por vía de
ejemplo, el Honorable William Miranda Marín, Alcalde del Municipio de Caguas;
el Honorable Aníbal Meléndez, Alcalde del Municipio de Fajardo, la artista Iris
Chacón y el sobresaliente pelotero de Grandes Ligas, Bernie Williams. Asimismo,
una cantidad considerable de alcaldes, artistas, abogados, médicos y personalidades
de la radio y la televisión integran esta significativa lista.
La Policía de Puerto Rico y la
ciudadanía, por medio de federaciones de padres de la Liga Atlética,
establecidas en todos los pueblos de Puerto Rico, hacen esfuerzos
extraordinarios para proteger, dirigir y encauzar a nuestra niñez por el camino
de la sana convivencia social. Ese esfuerzo, sin lugar a dudas, debe ser
reconocido y estimulado por toda la comunidad. La designación de la cuarta
semana de abril, como "Semana de la Liga Atlética Policíaca", sirve
bien ese propósito y permite que el pueblo participe en un acto colectivo que
reconozca, valore y aporte a la insigne aportación social de esta loable
organización.
DECRETASE
POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.‑Se designa la cuarta semana de
abril de cada año, como la "Semana de la Liga Atlética Policíaca de Puerto
Rico".
Artículo 2.‑El(la) Gobernador(a) de Puerto
Rico deberá, mediante proclama a tales efectos, exhortar al Pueblo de Puerto
Rico a festejar, celebrar y participar en todas las actividades que la Liga y
la ciudadanía lleven a cabo durante esa semana.
Artículo 3.‑Esta Ley entrará en vigor
inmediatamente después de su aprobaci6n.
Presidente de la Cámara
Nota Importante: Esta
ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas
posteriores.
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ADVERTENCIA
Este documento constituye
un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a
los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de
las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio
público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles
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