Ley Núm. 313 del año 2003


(P. de la C. 3142), 2003, ley 313

 

Para disponer que las funciones de evaluación de consultas de ubicación para proyectos comerciales y los estudios de viabilidad.

LEY NUM. 313 DE 19 DE DICIEMBRE DE 2003

 

Para   disponer que las funciones de evaluación de consultas de ubicación para proyectos comerciales y los estudios de viabilidad de dichos proyectos que realice la Junta de Planificación del Estado Libre Asociado, de Puerto Rico deberá llevarse a cabo en coordinación con la Administración de Fomento Comercial de Puerto Rico.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

La Ley Núm. 132 de 19 de julio de 1960, señala como los objetivos generales de la Administración de Fomento Comercial de Puerto Rico (AFQ) antes Departamento de Comercio, la promoción del desarrollo del comercio en general en Puerto Rico y dispone que a esos efectos dicha entidad desarrollará y proveerá programas de información, asesoramiento, promoción y servicios directos a las empresas o individuos dedicados a las distintas actividades del comercio.

 

Entre las facultades, que le confiere la ley al Secretario de la AFC se encuentra la de realizar todos aquellos estudios e investigaciones relacionados con los problemas e impedimentos del comercio en Puerto Rico.

 

Hasta la fecha en que fue revocada la Resolución JP‑252 emitida por la Junta de Planificación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el 14 de enero de 1993, dicho organismo recopilaba, en coordinación con la AFC, los datos revelantes que deberá contener los estudios de viabilidad económica en la evaluación de proyectos comerciales.

 

El 15 de abril de 1994, la Junta emitió la Resolución JP‑94‑255 la cual expresa que a tono con el nuevo modelo económico de la Administración pasada se debía eliminar lo que dicha Administración consideraba restricciones impuestas por el Departamento de Comercio, ahora AFC, en el desarrollo de facilidades comerciales. En otras palabras dicha Resolución eliminó la participación de la AFC en el proceso de, evaluación de, las consultas de ubicación para proyectos comerciales.

 

El propósito de esta Ley es dejar sin efecto la Resolución JP‑94‑255 y facultar a la Administración de Fomento Comercial para que participe en coordinación con la Junta de Planificación en el establecimiento de la información que deben contener las consultas de ubicación en la evaluación de proyectos comerciales y en los estudios de viabilidad económica para los mismos.

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

Artículo 1.‑La evaluación de las consultas de ubicación para proyectos comerciales y los estudios de viabilidad de dichos proyectos serán llevados a cabo por la Junta de Planificación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en coordinación con la Administración de Fomento Comercial. Dentro del proceso de consulta la Junta de Planificación de Puerto Rico y la Administración de Fomento Comercial deberán establecer los canales de comunicación que entienda son los más adecuados y efectivos. La evaluación se deberá llevar a cabo tomando en consideración la parte pertinente sobre proyectos comerciales del Reglamento Adjudicativo de la Junta de Planificación de Puerto Rico.

 

Artículo 2.‑Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

Nota Importante: Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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