Ley
Núm. 332 del año 2003
(P. del S. 2126), 2003, ley 332
Para instituir la
"Beca Senatorial Samuel R. Quiñones a la Excelencia en el Idioma
Español"
Ley Núm. 332 de 29 de diciembre de
2003
Para instituir la "Beca Senatorial
Samuel R. Quiñones a la Excelencia en el Idioma Español"; y establecer los
procedimientos para su otorgamiento.
Esta Asamblea Legislativa no ha escatimado
esfuerzos para atender la compleja situación lingüística de Puerto Rico, sobre
la cual reconocidos expertos han expresado la necesidad de atenderla con
urgencia para asegurar la permanencia y el futuro del idioma español. En
consideración a ello se ha aprobado legislación cuya intención es mantener
nuestro vernáculo, facilitando y agilizando la diversidad lingüística. Por
ello, se creó el Instituto de Planificación Lingüística del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico mediante la Ley Núm. 138 de 9 de agosto de 2002.
De otra parte, Ley Núm. 68 de 28 de
agosto de 1990, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del
Departamento de Educación", establece que el estudiante del sistema
educativo recibirá en las escuelas una educación que, junto con las demás
instituciones sociales, contribuya a formar un puertorriqueño educado, capaz de
entender la sociedad en que vive y de incorporarse en el proceso de cambio
social. Como consecuencia del proceso educativo, se espera que cuando el
estudiante complete su educación en las escuelas del sistema público poseerá,
entre otras, la capacidad de emplear efectivamente el español y el inglés para
expresarse correctamente en forma oral y escrita.
La naturaleza interdisciplinaria de
la literatura y del aprendizaje de lenguas en las escuelas potencia el
enriquecimiento de la comunicación y conocimiento de nuestro idioma. Estamos
seguros de que esta medida representa un incentivo para nuestros jóvenes
estudiantes, quienes harán su mejor esfuerzo, utilizando su idioma
correctamente y nos obsequiarán su mejor prosa, su mejor poema en memoria de un
hombre que en su edad temprana, en las lides universitarias ya estaba sirviendo
al pensamiento puertorriqueño y al cultivo de los principios básicos de nuestra
cultura con una pluma vigorosa, inquieta y juvenil. Nos referimos a la figura
egregia de don Samuel R. Quiñones, distinguido abogado, académico fundador de
la Academia Puertorriqueña de la Lengua Española, ex Presidente del Senado del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, del Ateneo Puertorriqueño y del Colegio
de Abogados de Puerto Rico, poeta, ensayista e ilustre hombre de letras que se
ha ganado un sitial en la historia de Puerto Rico.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.‑ Instituir la "Beca Senatorial
Samuel R. Quiñones a la Excelencia en el Idioma Español", la cual otorgará
anualmente el Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico al estudiante de
cuarto año de escuela superior, el cual será seleccionado por un comité
designado por el Secretario del Departamento de Educación.
Artículo 2.‑ El comité organizará certámenes,
coordinará y supervisará las actividades en todos los distritos escolares para
llevar a cabo la encomienda de seleccionar al estudiante al cual se le otorgará
la beca, conforme con la reglamentación que el Secretario establezca para la
concesión de la misma.
Artículo 3.‑ Dicha beca se otorgará en metálico
y el Senado de Puerto Rico separará anualmente de su Presupuesto General de
Gastos la cantidad de mil (1,000) dólares para su otorgamiento.
Artículo
4.‑ Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su
aprobación.
Nota Importante: Esta
ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas
posteriores.
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anterior y seleccionar otra ley.
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre
Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de
compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución
electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque
leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.
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