Ley Núm. 181 del año 2006


(P. de la C. 1758), 2006, ley 181

 

Para declarar lugar de interés  histórico la residencia de Don Delfín Benítez, en el Municipio de Loíza

Ley Núm. 181 de 1 de septiembre de 2006

 

Para declarar lugar de interés  histórico la residencia de Don Delfín Benítez, en el Municipio de Loíza, para su conservación, uso y disfrute de todo el Pueblo de Puerto Rico.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

La residencia de Don Delfín Benítez tiene un significado muy especial en la historia del Municipio de Loíza.  En abril de 1963, la misma comenzó a ser utilizada como lugar de reunión de un grupo de loiceños interesados en recolectar y preservar toda la documentación y artefactos históricos relacionados con el origen y la historia del establecimiento del pueblo de Loíza, allá para el año 1719.

 

Ese movimiento cívico de este grupo de loiceños interesados en preservar tan importante patrimonio, logró su cometido en restablecer la capitalidad del Municipio de Loíza y lograr la creación del Municipio de Canóvanas.            

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

           
            Artículo 1.-Se declara lugar de interés  histórico  la residencia de Don Delfín Benítez, en el Municipio de Loíza, para su conservación, uso y disfrute de todo el Pueblo de Puerto Rico.

 

Artículo 2.-La Junta de Planificación, el Instituto de Cultura Puertorriqueña y el Municipio de Loíza,  tomarán las medidas necesarias para dar fiel y estricto  cumplimiento a esta legislación.

 

Artículo 3.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

Notas Importantes:

1.  Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

2.  Presione Aquí  para buscar enmiendas posteriores de tener alguna. Debe buscar desde la fecha de esta ley al presente.

3. Presione Aquí para ver la Ley Completa, con sus enmiendas integradas y Actualizada (Socios Solamente)

 

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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