(P. del S. 544); 2018, ley 25
Para declarar el tramo de la Carretera PR-187 que discurre entre los Barrios Piñones y Torrecilla Baja del Municipio de Loíza como Ruta de Turismo Gastronómico, conocida como: “Ruta de la Tradición Loiceña”.
LEY NÚM. 25 DE 21 DE ENERO DE 2018
Para declarar el tramo de la Carretera PR-187 que discurre entre los Barrios Piñones y Torrecilla Baja del Municipio de Loíza como Ruta de Turismo Gastronómico que será conocida como: “Ruta de la Tradición Loiceña”; autorizar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico por sí sola o en conjunto con otras agencias públicas o entidades privadas, para desarrollar los planes de mercadeo, promoción, reglamentos y todo tipo de iniciativa que apoye los propósitos de la ruta creada en esta Ley; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El turismo gastronómico es parte de lo que se le conoce como “turismo de interés específico”, donde la gastronomía del país, estado o territorio visitado es el hecho fundamental que guía la visita. Este tipo de turismo se presenta hoy como otra alternativa de desarrollo económico. Es una forma muy particular de conocer el mundo, concentrada en las manifestaciones de la cultura culinaria de cada país, estado o territorio. Conscientes de las nuevas tendencias del turista, se ha reconocido el turismo gastronómico como un mercado en crecimiento.
Según reseña el Plan de Mercadeo de Turismo Gastronómico 2012-2016 de Argentina, el turismo gastronómico: “despertó con fuerza la atención de estudiosos de diferentes partes del mundo después de la realización del Congreso Mundial de Turismo Gastronómico realizado por la Organización Mundial del Turismo (OMT) en Lárnaca, Chipre, en el año 2000”. El plan dispone que en América Latina se destacan Perú, Chile, Brasil y México como países cuyo producto presenta un alto potencial, también con diferentes niveles de evolución del tema en cada uno de ellos. En este contexto internacional es interesante observar también que Argentina ha sido identificado como un país con alta potencialidad en el desarrollo de turismo gastronómico. Esto representa un escenario favorable para la implementación de políticas y acciones conjuntas de desarrollo, posicionamiento y promoción del producto, aunando esfuerzos conjuntos del sector público y privado. Dado a esto, Argentina creó el Plan de Marketing de Turismo Gastronómico 2012-2016, el cual se enmarca dentro del turismo cultural, contemplando asimismo los alimentos, productos y técnicas de elaboración que forman parte del patrimonio inmaterial de un destino.
El pueblo de Loíza se distingue por su cultura, tradiciones y por tener una de las más variadas y exquisitas ofertas gastronómicas en Puerto Rico y el Caribe. Cuenta, además, con un valor cultural incalculable en donde se destacan un sinnúmero de hombres y mujeres que se han dedicado fielmente a exponer la cultura y otros que, como artistas y deportistas han puesto el nombre de Loíza y Puerto Rico en alto.
En reconocimiento a su rica oferta gastronómica, empresas televisivas como Food Network y Travel Channel han dedicado espacios televisivos presentando a Puerto Rico como destino gastronómico. La cara de la presentación gastronómica utilizada por estos canales nacionales es la ofrecida en los negocios de Piñones.
Muchos países, estados y territorios han visto las nuevas tendencias ofrecidas por el turismo gastronómico y las han adoptado, unos para incentivar y exponer la visita a los productores primarios y secundarios de alimentos y otros dan énfasis en la visita de lugares específicos donde la degustación de platos junto a la experimentación de los atributos de una región determinada tiene un gran valor a la hora de hacer turismo.
La Compañía de Turismo de Puerto Rico reconoce la
importancia de fomentar el turismo interno y externo, por lo cual en los
pasados años ha realizado esfuerzos para declarar rutas gastronómicas en
nuestra Isla, ejemplos de ellas han sido algunos sectores de los
municipios de Salinas, Barranquitas, Guayanilla y Cayey. Por otro lado,
la Legislatura Municipal de Loíza aprobó la Resolución Número 26, Serie
2015-2016, pidiéndole a la Compañía de Turismo que creara una Ruta de Turismo
Gastronómico en dicho municipio. Por medio de esta Ley, retomamos esa
iniciativa porque será beneficiosa para Loíza y Puerto Rico.
Es por esto que la presente legislación propone hacerle justicia al área de Piñones al denominar el tramo de la Carretera PR-187 en el Municipio de Loíza como Ruta de Turismo Gastronómico que será conocida como: “Ruta de la Tradición Loiceña”; y a su vez ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo de dichos sectores, y que se conviertan en un atractivo especial para el turista en Puerto Rico, para disfrutar las hermosas playas del “litoral loiceño” y su gastronomía.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se declara el tramo de la Carretera PR-187, el tramo de la Carretera PR-187 que discurre entre los Barrios Piñones y Torrecilla Baja del Municipio de Loíza como Ruta de Turismo Gastronómico que será conocida como: “Ruta de la Tradición Loiceña”.
Artículo 2.- Se ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico integrar la Ruta de Turismo Gastronómico incluida en el Artículo 1 de esta Ley, dentro de su plan de trabajo y atemperar las futuras publicaciones en reconocimiento de su creación.
Artículo 3.- Se ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico por sí sola o en conjunto con otras agencias públicas o entidades
privadas, preparar un plan integrado de desarrollo,
promoción y adiestramientos a los comerciantes del área incluida en el Artículo 1 de esta Ley.
Artículo 4.- La Compañía de Turismo de Puerto Rico por sí sola o en conjunto con otras agencias públicas o entidades privadas, orientará a los comerciantes establecidos en la Ruta de Turismo Gastronómico incluida en el Artículo 1 de esta Ley, sobre aquellos incentivos otorgados por leyes y reglamentos vigentes para el desarrollo económico y la creación de empleos; para el pleno desarrollo y fortalecimiento de la ruta de interés turístico gastronómico.
Artículo 5.- Se faculta a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a designar como Ruta de Turismo Gastronómico, todo sector dentro de los límites territoriales del Municipio de Loíza que pueda ser reconocido local e internacionalmente como destino gastronómico que posea una alta concentración de restaurantes y/o represente algún estilo culinario, particular o general de la cocina loiceña y puertorriqueña; que sea sede de actividades culinarias y culturales que promuevan e incentiven el deleite gastronómico, entre otros.
Artículo 6.- Para que los negocios sean elegibles para recibir o mantener el endoso de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, así como los demás beneficios incluidos en esta Ley u otra ley o reglamento, éstos deberán cumplir con los estándares legales de calidad y con la política pública establecida por la Compañía de Turismo de Puerto Rico. De lo contrario, podrán perder el endoso de la Compañía de Turismo de Puerto Rico y cualquier otro beneficio que hubieran recibido bajo esta Ley. La Compañía de Turismo de Puerto Rico creará un logo distintivo de “Ruta de la Tradición Loiceña” que será colocado en cada negocio que sea parte de la ruta establecida. El logo tendrá símbolos de la cultura loiceña y puertorriqueña.
Artículo 7.- La Compañía de Turismo de Puerto Rico atemperará o aprobará la reglamentación pertinente y necesaria para cumplir con los propósitos de esta Ley dentro los noventa (90) días luego de la aprobación de esta Ley.
Artículo 8.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Notas Importantes:
1. Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.
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ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.
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