Vincenti v.
Saldaña, 2002 TSPR 66
El Tribunal Supremo, mediante Opinión emitida por la
Juez Naveira de Rodón, se expresa sobre la presunción
controvertible que surge de la Regla 82(c) de Evidencia,
sobre cómo operan las presunciones
evidenciarias en general, y sobre las medidas que un
Tribunal puede
tomar cuando no se coopera con el descubrimiento de prueba.
En primer lugar, se resuelve que la presunción de
paternidad
"incontrovertible" que surge de la Ley de
Sustento de Menores, la cual
se activa cuando el padre "putativo" se niega a
someterse a exámenes
genéticos ordenados por el Administrador o Juez
Administrativo, se
aplica ante casos que se comienzan ante el foro
administrativo. En
vista de que el caso objeto de este resumen comenzó en el
foro judicial,
esta presunción incontrovertible no aplica.
En segundo lugar, se resuelve que la presunción
"controvertible"
contra el padre putativo que se niega a someterse a exámenes
genéticos,
la cual surge de la Regla 82(c) de Evidencia puede, desde
luego,
rebatirse mediante la presentación de prueba en contrario.
Por tal
razón, el Tribunal Supremo dispone que el demandado en
este caso
tenía derecho a presentar prueba para controvertir la
presunción de
paternidad. El tribunal de instancia no le permitió
al demandado
presentar prueba en una vista para tratar de controvertir
la mencionada
presunción, y concluyó la paternidad prácticamente a
base de la
presunción evidenciaria. Por tal razón, el
Tribunal de Circuito
había revocado dicha determinación y había devuelto el
caso al foro
de instancia para que celebrara la vista. Tal
determinación del
Tribunal de Circuito se confirma por el Tribunal Supremo y
se devuelve
el caso para que se lleve a cabo el descubrimiento de
prueba pertinente
y la vista, según se explica más adelante.
Relacionado a lo anterior, el Tribunal Supremo aclara
que si en
la vista el demandado controvierte el hecho presumido de
la paternidad,
las demandantes en esa misma vista podrían presentar
evidencia para
sostener el hecho presumido de la paternidad. Claro,
para eso, ambas
partes tendrán derecho a utilizar los mecanismos de
descubrimiento de
prueba.
Sobre dicho uso, el Tribunal Supremo señaló que la
parte demandante puede solicitar al tribunal de instancia
que ordene a todo el mundo a someterse a pruebas genéticas.
Si el alegado padre se negase a obedecer la orden del
tribunal a esos efectos, obstaculizando el derecho de la
parte demandante a realizar un adecuado descubrimiento de
prueba y de estar preparada para la vista de paternidad,
el tribunal podrá dictar con relación a la negativa del
padre, todas aquellas órdenes y remedios que en derecho
procedan bajo nuestras Reglas de Procedimiento legaciones
y defensas, al igual que sancionar económicamente a la
parte o a su represente legal, o a ambos, y
dictar sentencia en rebeldía. |