Cruz
Negrón v. Adm. de Corrección, 2005 TSPR 34
Mediante Opinión emitida por el
Juez Corrada del Río, el Tribunal Supremo resuelve, en
primer lugar, que una controversia no era académica porque
era capaz de repetirse y evadir revisión judicial, y en
segundo lugar, en los méritos, se resuelve que erró el
foro apelativo al revocar a la agencia, la cual merecía
mayor deferencia que la ofrecida por el foro apelativo,
aparte de que la agencia no tomó su decisión
arbitrariamente. El contexto de la controversia era
una decisión de la Administración de Corrección sobre una
solicitud de reclasificación de un confinado.
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