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Gas v. Salaam Realty Corp., 2005 TSPR 42
Mediante Opinión emitida por el Juez
Fuster Berlingeri, el Tribunal Supremo resuelve que se
prorroga tácitamente el término de seis (6) meses para
emplazar cuando el tribunal autoriza emplazar por edictos.
En este caso, luego de gestiones infructuosas para emplazar
personalmente, el demandante solicitó, dentro del término
original de seis (6) meses, autorización para
emplazar por edictos. La determinación judicial de conceder
dicha solicitud, resolvió el Tribunal Supremo, constituye a
su vez una prórroga tácita del término para emplazar.
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