2007 DTS 052 PUEBLO V. MEDINA
BORIA, 2007TSPR052
Mediante
Opinión del Tribunal emitida por la Juez Asociada señora
Rodríguez Rodríguez, el Tribunal Supremo atiende la
siguiente controversia: cuál es el foro judicial
con competencia territorial para atender los procesos
penales instados a tenor con lo dispuesto en el Código
de Rentas Internas, específicamente, en relación con el
delito de dejar de rendir planilla de contribución sobre
ingreso.
El Tribunal Supremo resuelve que para efectos del delito
de omisión de rendir planillas de contribución sobre
ingresos, según descrito en el Código de Rentas
Internas, cuando se habla de rendir las planillas al
Secretario, a lo que se refiere es a entregar o rendir
las mismas en la sede del Departamento de Hacienda.
Es allí donde ubican las oficinas centrales del
Secretario, a quién por disposición de ley hay que
rendirle las planillas.
Por consiguiente, el delito de dejar de rendir planillas
de contribuciones sobre ingresos se comete en la Región
Judicial de San Juan, donde tiene su sede el Departamento
de Hacienda, y es en dicha Región Judicial donde se debe
ventilar el juicio.
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