2007 DTS 114 IN RE:
HOFFMAN MOURIÑO, 2007 T.S.P.R. 114
Mediante
Opinión per curiam el Tribunal Supremo concluye que la
querellada violó los Cánones 9 y 18 de los Cánones de
Ética Profesional, y la suspendió del ejercicio de la
abogacía por un período de tres (3) meses.
El
Tribunal Supremo explicó que la querellada desatendió y
no fue diligente en el proceso apelativo de un caso
criminal de uno de sus clientes; además de que delegó
el recurso completamente en una persona no autorizada a
ejercer la profesión legal, a la que la querellada no
supervisó. Este proceder, indica el Tribunal, es
altamente censurable pues para todos los efectos prácticos,
en este caso en particular, esa persona se convirtió en
el “abogado de facto” en la apelación pendiente ante
el Tribunal de Apelaciones.
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