2007
DTS 127 RANGER AMERICAN OF PR., INC. V. LOOMIS FARGO
& Co. of Puerto Rico, 2007 TSPR 127
Mediante
Opinión per curiam el Tribunal Supremo dispone de la
siguiente controversia: si el remedio de revisión
mediante juicio de novo que tiene a su disposición
una parte a quien el Superintendente de la Policía
deniega o revoca una licencia para ejercer como detective
privado o para la operación de una agencia de seguridad
o de detectives privados, tiene que ser utilizado también
por un tercero a quien se le desestima una querella,
o solicitud análoga, presentada ante el Superintendente
para impugnar la concesión de una licencia que éste ha
concedido a otra persona (no al tercero que impugna).
El Tribunal Supremo resuelve que el proceso de revisión
mediante juicio de novo ante el Tribunal de
Primera Instancia de la Ley de Detectives, aplica también
a los casos de impugnación de la concesión de una
licencia por un tercero; tal y como ha ocurrido en este
caso.
A fin de cuentas, explica el Tribunal Supremo, lo que
activa el proceso de revisión no es la denegación o
revocación de una licencia, sino que se trata del
remedio revisor disponible para la actuación que tome el
Superintendente a tenor con la Ley de Detectives, la
actuación que fuere. Así, el mecanismo de
juicio de novo está disponible para quien
solicite una licencia o para quien impugne la concesión
de la misma. Se devolvió el caso al foro
administrativo para que se notifique nuevamente la decisión
del Superintendente acorde con a lo dispuesto en la Opinión.
El Juez Asociado señor Fuster Berlingeri concurre en el
resultado sin opinión escrita.
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