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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


2007 DTS 153 MONTEAGUDO PEREZ V. UNIVERSAL INSURANCE COMPANY, 2007 TSPR 153

Mediante Opinión del Tribunal emitida por la Jueza Asociada señora Fiol Matta, el Tribunal Supremo se expresa sobre la interpretación de varias cláusulas en contratos de seguro para determinar el alcance de responsabilidad de dos (2) aseguradoras demandadas en el caso.

Nuestro más Alto Foro resuelve, entre otras cosas, que (1) ambas aseguradoras responden a nivel primario exclusivamente a nombre de uno de los codemandados asegurados y (2) que, según dispone la “cláusula a prorrata” en los contratos de las dos (2) aseguradoras, al ambas aseguradoras proveer cubiertas a nivel primario, la responsabilidad entre éstas será prorrateada.  Por consiguiente, se confirma la sentencia del foro apelativo que dispuso que ambas aseguradoras compartan la responsabilidad primaria de pagarle $555,750.00 a la parte demandante de conformidad a una transacción judicial que hubo previamente dentro del caso.

El Juez Presidente señor Hernández Denton disintió con las siguientes expresiones: “El Juez Presidente señor Hernández Denton disiente de la Opinión del Tribunal por entender que de una lectura de las pólizas de seguro suscritas en este caso se desprende que la responsabilidad de Antilles Insurance Company es primaria y la de Universal Insurance Company en exceso. Por ende, revocaríamos la decisión del Tribunal de Apelaciones y dejaríamos en vigor la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que estuvo fundamentada en la opinión experta de la Oficina del Comisionado de Seguros”. La Jueza Asociada señora Rodríguez Rodríguez no intervino.


Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no
constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor prepara este resumen como un servicio voluntario a la comunidad.

Advertencia: La colaboración de estos resumenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes y como un servicio voluntario a la comunidad. LexJuris.com no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

 

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