2007
DTS 189 IN RE: RIVERA VICENTE, 2007 T.S.P.R. 189
Mediante Opinión
per curiam, emitida por una Sala Especial integrada por el Juez Presidente señor Hernández Denton,
el Juez Asociado señor Rivera Pérez y la Jueza Asociada
señora Fiol Matta, el Tribunal Supremo resuelve que no
se cumplió con el estándar probatorio requerido (prueba
clara, robusta y convincente) para demostrar que el
querellado incurrió en las faltas éticas imputadas, por
lo que el Tribunal Supremo desestimó la querella
presentada en su contra y ordenó el archivo del asunto.
Las imputaciones éticas
que no prosperaron principalmente fueron una violación
al Canon 37 de Ética Profesional sobre participación
del abogado en negocios; el Canon 21 sobre el deber de
lealtad hacia los clientes; una alegada violación al
Canon 18, el cual exige de los abogados un trato hacia
los clientes que se caracterice por la mayor diligencia y
capacidad; y una violación al Canon 38 al arrojar
sospechas sobre las motivaciones del querellado en la
relación que mantenía con la Autoridad de Desperdicios
Sólidos, quien fuera su cliente.
La Jueza Asociada señora
Fiol Matta disiente con opinión escrita.
|