Mediante
Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor
Rebollo López, el Tribunal Supremo resuelve que el
Municipio de San Juan le adeuda a Johnson & Johnson
Inc. $132,716.10 en virtud de un contrato de
arrendamiento de equipo médico.
En
la Opinión el Tribunal Supremo resuelve que el Tribunal
de Apelaciones tenía jurisdicción sobre parte de la
controversia ante si, ya que la decisión del foro
primario era una final parcial y el recurso apelativo se
presentó oportunamente. En cambio, no había
jurisdicción sobre otra porción del dictamen que no era
una decisión final, sino interlocutoria. Sobre esa
última controversia, el recurso de certiorari no
se presentó oportunamente.
Además,
en los méritos, indicó el más Alto Foro que el
contrato era válido, incluyendo la cláusula que generó
la deuda objeto de la Opinión, y que era legal que el
municipio tuviese que desembolsar en virtud del contrato
fondos en exceso de lo presupuestado y asignado.
Esto último porque este tipo de contrato está
exceptuado de la prohibición de que un municipio se
comprometa mediante contrato u otro tipo de negociación,
al pago futuro de obligaciones que excedan a las
asignaciones y a los fondos asignados.
El
Juez Asociado señor Fuster Berlingeri, que en paz
descanse, no intervino.
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