2007 DTS
230 PNP V. DE CASTRO FONT Y OTROS, 2007 T.S.P.R.
230
Mediante
Opinión del Tribunal emitida por el Juez Presidente señor
Hernández Denton, y como secuela de McClintock v.
Rivera Schatz, res. 12 de junio de 2007, 2007
TSPR 121, el Tribunal Supremo ordena al Secretario
General del Partido Nuevo Progesista, y al Comisionado
Electoral de esa colectividad, a certificar a los
Senadores peticionarios como aspirantes en las primarias
y presentar las certificaciones correspondientes ante la
Comisión Estatal de Elecciones. Dispuso además el
Tribunal Supremo que sería nula cualquier actuación de
parte del Partido Nuevo Progresista dirigida a impedir o
evitar que los senadores peticionarios figuren en la
papeleta de las primarias que se celebrarán el 9 de
marzo de 2008. De así actuar, concluyó nuestro más
Alto Foro, el Partido Nuevo Progresista se colocaría al
margen de la ley.
Explicó
el Tribunal Supremo, entre otras cosas, que las primarias
son el foro más adecuado y democrático para resolver
esta disputa entre electores afiliados al PNP, y que la
descalificación emitida por el Comité de Evaluación
del PNP, y que es objeto de esta Opinión, fue un
subterfugio para eludir las consecuencias del dictamen
emitido en McClintock v. Rivera Schatz, supra.
El
Juez Asociado señor Rivera Pérez disiente con opinión
escrita.
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