Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2016


2016 DTS 055 IN RE: ORTIZ GUEVARA Y RIVERA LOZADA, 2016 TSPR 55

 

Mediante Opinión per curiam el Tribunal Supremo, primeramente, censura enérgicamente al licenciado Ortiz Guevara por éste haber violado los Cánones 20, 21 y 38 de Etica Profesional.  

Dicho abogado renunció a la representación legal de un cliente y le entregó el expediente del caso antes de que el tribunal aceptara su renuncia expresamente. 

De igual forma, él asumió simultáneamente en un momento la representación legal de dos clientes en un mismo pleito, y dicha representación simultánea presentaba un conflicto de intereses potencial. 

En segundo lugar, en relación al licenciado Rivera Lozada, el Tribunal Supremo concluyó que éste violó los Cánones 9, 12, 17, 21, 26, 35 y 38 del Código de Etica Profesional.

En esencia, la base para tales conclusiones son que el abogado reconoció que no constató hechos informados por su cliente antes de presentar un recurso de apelación, certificó al tribunal con su firma información incorrecta, presentó un recurso de apelación sin poder justificar tal acto más allá de haber seguido las instrucciones del cliente y no su criterio profesional, y reasumió la representación de un cliente luego de haber presentado al tribunal una moción para intervenir en reclamo de sus propios honorarios y gastos. A base de lo expuesto, fue suspendido de forma inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía.

El procedimiento disciplinario tuvo su origen en un referido al Tribunal Supremo por parte del Tribunal de Apelaciones en cumplimiento de los Cánones 7 y 14 de Etica Judicial, pues dicho foro apelativo entendió que ambos abogados podían haber infringido estándares éticos.

 


Nota: Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor, que se reserva todos sus derechos, prepara este resumen en su carácter personal, como un servicio voluntario a la comunidad.

 

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