Jurisprudencia
del Tribunal Supremo de P. R. del año 2002
2002 DTS 130 IN RE: COMITE DE ESTUDIO PARA ABOGADO DE OFICIO 2002TSPR130
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In Re: Comité para el Estudio de la Asignación de
Abogados y Abogadas
de Oficio
2002 TSPR 130
157 DPR ____
Número del Caso:
EM-2002-4
Fecha:
30/septiembre/2002
Este documento constituye un documento
oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del
proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su
distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
In Re: Comité para el Estudio de la
Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio
Materia: Designación de la Presidenta y
sus miembros.
San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2002
Durante los días 2 y 3 de
mayo de 2002, se celebró en Puerto Rico la Vigésima Segunda Conferencia
Judicial de Puerto Rico simultáneamente
con el Primer Congreso de Acceso a la Justicia en Puerto Rico. Uno de los tópicos discutidos por el plenario
de dicha Conferencia fue el Canon Primero del Código de Ética Profesional
relativo a la obligación de los abogados impuéstale por el mismo de
representación de oficio en los procedimientos de naturaleza penal en aquellas
causas en que por razón de indigencia el acusado no pueda contratar
representación profesional que le asista o que por motivo de conflicto, no
pueda ser representado por la Sociedad para Asistencia Legal de Puerto Rico.
En junio de 1998, el Tribunal Supremo de Puerto Rico estableció un sistema
de asignación de abogados y abogadas de oficio para tales procedimientos. Con dicho propósito se promulgó el
Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio en
Procedimientos de Naturaleza Penal.
Transcurridos
cuatro (4) años desde su implantación sin que la Rama Judicial haya efectuado
una evaluación de la efectividad del sistema, existen muy pocos datos sobre las
designaciones de oficio hechas en virtud del Reglamento.
Durante
la referida sesión plenaria se comprobó la necesidad de una evaluación total de
dicho sistema dentro del más breve término posible.
En
virtud de ello este Tribunal resuelve crear un comité para estudiar la
implantación del mencionado Reglamento para la Asignación de Abogados y
Abogadas de Oficio, así como todo el aspecto relacionado con la representación
legal de los indigentes en los procedimientos de naturaleza penal. Para ello dicho comité recopilará toda la
información que sea pertinente a dicha evaluación, realizará un análisis de la
misma y rendirá un informe a este Tribunal el cual contendrá los hallazgos
resultantes de dicho estudio y evaluación, sus conclusiones y recomendaciones a
los fines antes mencionados. El mismo
estará compuesto de las siguientes personas:
1.
Hon.
Dolores Rodríguez de Oronoz, Presidenta
2.
Lcdo.
Luis F. Camacho Botet
3.
Lcdo.
Federico Rentas Rodríguez
4.
Lcdo.
Arturo Luis Dávila Toro
5.
Hon.
Carlos Rivera Martínez
6.
Hon.
Carlos A. Cabán García
7.
Prof.
Efrén Rivera Ramos
8.
Hon.
Lirio Bernal Sánchez
9.
Lcdo.
José A. Andréu Fuentes
10.
Hon.
Pedro G. Goyco Amador
Dicho
Comité estará apoyado por la Oficina de Administración de los Tribunales y su
Directora, quien queda facultada para contratar todo el personal técnico,
administrativo y clerical necesario para el descargo de la encomienda.
Publíquese.
Lo
acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. Los Jueces Asociados señores Fuster
Berlingeri y Rivera Pérez no intervinieron.
Patricia
Otón Olivieri
Secretaria
del Tribunal Supremo
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ADVERTENCIA
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