Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2005


2005 DTS 030 REGLAS DE DISCIPLINA JUDICIAL 2005TSPR030

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

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Para aprobar las Reglas de Disciplina Judicial y derogar las Reglas de Procedimiento para Acciones Disciplinarias y de Separación del Servicio por Razón de Salud de Jueces o Juezas del Tribunal de Primera Instancia y del Tribunal de [Circuito] de Apelaciones

2005 TSPR 30

163 DPR ____

Número del Caso: ER-2005-2

Fecha: 8 de marzo de 2005

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

RESOLUCIÓN

 

San Juan, Puerto Rico, a 8 de marzo de 2005.

 

En virtud de la autoridad que le otorga la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico al Tribunal Supremo para destituir a los jueces de los demás tribunales, por las causas y mediante el procedimiento que se disponga por ley, Art. V, Sec. 11; y de conformidad con la facultad que el Art. 6.006 de la Ley de la Judicatura de 2003, le concede para aprobar el procedimiento disciplinario y de separación del servicio de los jueces y las juezas del Tribunal de Primera Instancia y del Tribunal de Apelaciones, aprobamos las Reglas de Disciplina Judicial que se acompañan a esta Resolución.

 

Quedan derogadas las Reglas de Procedimiento para Acciones Disciplinarias y de Separación del Servicio por Razón de Salud de Jueces o Juezas del Tribunal de Primera Instancia y del Tribunal de [Circuito] de Apelaciones, aprobadas el 24 de noviembre de 1992.

 

El Tribunal agradece la labor de los miembros del Comité para la Revisión de las Reglas de Procedimiento para Acciones Disciplinarias y de Separación del Servicio por Razón de Salud de Jueces o Juezas del Tribunal de Primera Instancia y del Tribunal de [Circuito] de Apelaciones:  Hon. Aida N. Molinary, Presidenta; Profesor Carlos I. Gorrín Peralta, Hon. Isabel Llompart Zeno, Hon. Ivonne Díaz Pérez y Lcda. Patricia Otón Olivieri, por su excelente labor y cumplimiento con la encomienda que les fue delegada.

 

La presente Resolución tiene efectividad a partir del 1 de abril de 2005.

 

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.

 

 

Lcda. Aida I. Oquendo Graulau

Secretaria del Tribunal Supremo

 

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