Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2009
2009 DTS 003 IN RE: GONZÁLEZ MAGAZ 2009TSPR3
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: José Ramón González Magaz
2009 TSPR 3
175 DPR ____
Número del Caso: TS-11,980
Fecha: 8 de enero de 2009
Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional, Readmisión al ejercicio de la abogacía.
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 8 de enero de 2009
Examinada la Moción Solicitando la Readmisión de José Ramón González Magaz para el Ejercicio de la Abogacía en Puerto Rico, presentada por la parte peticionaria, se autoriza la Readmisión de José Ramón González Magaz al Ejercicio de la Abogacía en Puerto Rico.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau
Secretaria del Tribunal Supremo
Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otro caso.
Ver índice por años hasta el presente.
Búsquedas Avanzadas desde el 1942 al presente y todas las leyes. (Solo socios)
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
LexJuris de Puerto Rico siempre está bajo construcción.
|Home| Abogados | Aspirantes | Profesionales| Profesiones | Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | Pueblos | Biografías | Historia | Servicios | Publicidad | Compras | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| Revista Jurídica | LexJuris.net |
La información, las imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos preparados por LexJuris son propiedad de LexJuris. Otros documentos disponibles en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños. Derechos Reservados. Copyright (c) 1996-2009 LexJuris de Puerto Rico.