Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2009
2009 DTS 038 IN RE: PEREZ LUGO 2009TSPR038
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: Lydia Pérez Lugo
2009 TSPR 38
175 DPR ____
Número del Caso: TS-5704
Fecha: 27 de febrero de 2009
Abogada de la Parte Peticionaria: Por Derecho Propio
Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. José M. Montalvo Trías
Director Ejecutivo
Materia: Conducta Profesional, Reinstalación al ejercicio de la abogacía.
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2009.
Examinada la Petición de Reconsideración, presentada por la Sra. Lydia Pérez Lugo, se ordena su reinstalación inmediata al ejercicio de la abogacía. Se le apercibe que en el futuro deberá cumplir rigurosamente con su deber de pagar las cuotas del Colegio de Abogados y con las órdenes de este Tribunal, así como con su deber de informar inmediatamente cualquier cambio en su dirección, conforme a la Regla 9 (j) de nuestro Reglamento, 4 L.P.R.A. Ap. XXI-A.
Se le ordena a la Secretaria de este Tribunal que tome nota de la nueva dirección de la señora Pérez Lugo y que remita a ésta los formularios necesarios para actualizar su información en el Registro Único de Abogados y Abogadas.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau
Secretaria del Tribunal Supremo
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