Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2010
2010 DTS 031 EX PARTE: BALZAC RIVERA 2010TSPR031
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Ex Parte: Edgar F. Balzac Rivera
2010 TSPR 31
178 DPR ____
Número del Caso: TS-8139
Fecha: 8 de marzo de 2010
Abogado de la Parte Peticionaria: Por derecho propio
Materia: Baja Voluntaria del Ejercicio de la Abogacía
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 8 de marzo de 2010.
Examinada la solicitud presentada por el Lcdo. Edgar F. Balzac Rivera, se autoriza su baja voluntaria del ejercicio de la profesión.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau
Secretaria del Tribunal Supremo
Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otro caso.
Ver índice por años hasta el presente.
Búsquedas Avanzadas desde el 1940 al presente y todas las leyes. (Solo socios)
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
LexJuris de Puerto Rico siempre está bajo construcción.
|Home| Abogados | Aspirantes | Profesionales| Profesiones | Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | Pueblos | Biografías | Historia | Servicios | Publicidad | Compras | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| Revista Jurídica | LexJuris.net |
La información, las imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos preparados por LexJuris son propiedad de LexJuris. Otros documentos disponibles en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños. Derechos Reservados. Copyright (c) 1996-2010 LexJuris de Puerto Rico.