Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2010
2010 DTS 128 IN RE: FIGUEROA VIDAL 2010TSPR128
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: José A. Figueroa Vidal
2010 TSPR 128
179 DPR ____
Número del Caso: TS-5835
Fecha: 23 de abril de 2010
Colegio de Abogados de Puerto Rico:Lcdo. Israel Pacheco Acevedo
Materia: Conducta Profesional, La suspensión de la notaría será efectiva una vez advenga final y firme la Sentencia, conforme la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo sobre Reconsideración.
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RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 23 de abril de 2010.
Mediante Resolución de 21 de mayo de 2009 le concedimos un término al Lic. José A. Figueroa Vidal para que mostrara causa por la cual no debía ser suspendido del ejercicio de la notaría por tener al descubierto su fianza notarial.
Transcurrido el término concedido, y en vista de que el notario no ha contestado nuestros requerimientos, se le suspende del ejercicio de la notaría por no tener al día su fianza notarial.
Se ordena al Alguacil de este Tribunal que proceda inmediatamente a incautar la obra notarial del abogado.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau
Secretaria del Tribunal Supremo
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