2021 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2021
2021 DTS 107 ROSARIO RODRIGUEZ V. ROSSELLO NEVARES, 2021TSPR107
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Nelson Rosario Rodríguez, en su capacidad oficial como
Comisionado Electoral del Partido Proyecto Dignidad
Recurrido
v.
Ricardo A. Rosselló Nevares
Recurrido
Gerardo Cruz Maldonado, en su carácter de Comisionado
Electoral del Partido Popular Democrático (PPD)
Peticionario
Hon. Francisco Rosado Colomer, en su capacidad oficial como
Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones;
Roberto Aponte Berríos, en su capacidad oficial como Comisionado
Electoral del
Partido Independentista Puertorriqueño (PIP); Olvin Valentín Rivera, en su capacidad oficial como
Comisionado Electoral del Partido Movimiento Victoria Ciudadana (MVC);
Vanessa Santo Domingo, en su capacidad oficial como Comisionada Electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP)
Recurridos
__________________________
Nelson Rosario Rodríguez, en su carácter oficial de
Comisionado Electoral del Partido Proyecto Dignidad
Peticionario
v.
Ricardo A. Rosselló Nevares
Recurrido
Hon. Francisco Rosado Colomer, en su carácter de Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones; Roberto Aponte Berríos, en su carácter de Comisionado Electoral del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP); Olvin Valentín Rivera, en su carácter de Comisionado Electoral del Partido Movimiento de Victoria Ciudadana (MVC); Gerardo Cruz Maldonado, en su carácter de Comisionado Electoral del Partido Popular Democrático (PPD); Vanessa Santo Domingo, en su carácter de Comisionada Electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP)
Recurridos
Certiorari
2021 TSPR 107
207 DPR __, (2021)
207 D.P.R. __, (2021)
2021 DTS 107, (2021)
Número del Caso: CC-2021-459
Cons. CC-2021-473
Fecha: 20 de ju1io de 2021
Tribunal de Apelaciones: Panel X
CC-2021-459
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Jorge Martínez Luciano
Lcdo. Emil Rodríguez Escudero
CC-2021-473
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Nelson Rosario Rodríguez
Abogado de la parte Recurrida: Lcdo. Juan Manuel Mercado Nieves
Materia: Derecho Electoral- Jurisdicción
Resumen: Resolución NO HA LUGAR con Voto particular disidente.
ADVERTENCIA
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 19 de julio de 2021.
Por estar igualmente dividido los miembros de esta sala, se constituye una Sala Especial de Verano integrada por la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez, la Jueza Asociada señora Pabón Charneco, el Juez Asociado señor Rivera García, el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón y el Juez Asociado señor Estrella Martínez, para atender el caso CC-2021-459 consolidado con CC-2021-473, Nelson Rosario Rodríguez, en su capacidad oficial como Comisionado Electoral del Partido Proyecto Dignidad v. Ricardo A. Rosselló Nevares; Gerardo Cruz Maldonado, en su carácter de Comisionado Electoral del Partido Popular Democrático (PPD); Hon. Francisco Rosado Colomer, en su capacidad oficial como Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones; Roberto Aponte Berríos, en su capacidad oficial como Comisionado Electoral del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP); Olvin Valentín Rivera, en su capacidad oficial como Comisionado Electoral del Partido Movimiento Victoria Ciudadana (MVC); Vanessa Santo Domingo, en su capacidad oficial como Comisionada Electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP).
Lo decretó y firma,
Maite D. Oronoz Rodríguez
Jueza Presidenta
CERTIFICO:
José Ignacio Campos Pérez
Secretario del Tribunal Supremo
Sala Especial de Verano integrada por la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez, la Jueza Asociada señora Pabón Charneco, el Juez Asociado señor Rivera García, el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón y el Juez Asociado señor Estrella Martínez
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 20 de julio de 2021.
Atendidos los recursos de certiorari de epígrafe se ordena su consolidación y se provee no ha lugar a ambos por considerar que la Sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones el 8 de julio de 2021 es sustancialmente correcta.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez emitió la siguiente expresión: “La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez difiere del proceder de una mayoría de los integrantes de la Sala de no remitir esta controversia al Pleno del Tribunal para su evaluación. Tenemos ante nuestra consideración un asunto novel e importante para el derecho electoral que amerita una expresión del Máximo Foro judicial. Por esa razón, hubiese expedido”.
El Juez Asociado señor Estrella Martínez emitió un Voto particular disidente.
José Ignacio Campos Pérez
Secretario del Tribunal Supremo
-Véase Voto Particular Disidente del Hon. Juez Estrella Martínez
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