2024 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico 2024

 2024 DTS 061 MORALES RIVERA Y OTROS V. ASOCIACION DE PROPIETARIOS, 2024TSPR061

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Luis Morales Rivera; Ariel Berríos Negrón; Leticia Álvarez Valencia t/c/c Leticia Berríos; Scott Popp,

Carlos Pagán; Miguel Pereira-Ruiz; Claude Nogard, Maxine Nogard Cameron

Recurridos

v.

Asociación de Propietarios de la Urbanización Dorado del Mar Hotel & Country Club, Inc.;

Mildred Noemí García; Eduardo Loayza

Recurridos

José Carreras Acevedo

Peticionario

__________________________

Luis Morales Rivera; Ariel Berríos Negrón; Leticia Álvarez Valencia t/c/c Leticia Berríos;

Scott Popp, Carlos Pagán; Miguel Pereira-Ruiz; Claude Nogard; Maxine Nogard Cameron

Peticionarios

v.

Asociación de Propietarios de la Urbanización Dorado del Mar Hotel & Country Club, Inc.;

Mildred Noemí García; Eduardo Loayza

Recurridos

Certiorari

2024 TSPR 61

213 DPR ___, (2024)

213 D.P.R. ___, (2024)

2024 DTS 61, (2024)

Número del Caso:  CC-2023-0364

cons. con CC-2023-0365

Fecha:  14 de junio de 2024

 

Tribunal de Apelaciones: Panel IX

 

CC-2023-0364

Representante legal de la parte peticionaria:

Lcdo. Pedro J. Rivera Rivera

Representante legal de la parte recurrida:

Lcdo. Rafael G. Rivera Rosario

 

CC-2023-0365

Representante legal de la parte peticionaria:

Lcdo. Iván Díaz López

Representantes legales de la parte recurrida:

Lcdo. José De La Cruz Skerrett

Lcdo. Rafael G. Rivera Rosario

 

Materia: Servidumbres en Equidad- Condiciones Restrictivas de Arrendamiento a corto plazo- Recurso de injunction preliminar y permanente-

Resumen: Sentencia- Se revoca la sentencia del Tribunal de Apelaciones que confirmó la desestimación de la reclamación de epígrafe. Se devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia para que continúe con los procedimientos. La Asociación determinó que los alquileres a corto plazo constituyen un uso comercial de la propiedad y procedió enmendar el Código Comunitario para prohibir los mismos. Tiene Opinión de conformidad y Opinión disidente.

 

ADVERTENCIA

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SENTENCIA

 

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de junio de 2024.

 

Expedido el auto de certiorari y evaluados los alegatos de las partes, se revoca la sentencia del Tribunal de Apelaciones que confirmó la desestimación de la reclamación de epígrafe. En consecuencia, se devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia para que continúe con los procedimientos.

 

Lo acordó y manda el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Martínez Torres emitió una Opinión de conformidad a la que se unieron los Jueces Asociados señor Kolthoff Caraballo y señor Feliberti Cintrón. El Juez Asociado señor Rivera García emitió la expresión de conformidad siguiente, a la que se unió la Jueza Asociada señora Pabón Charneco:

 

Me encuentro conteste con el resultado que procede de la Sentencia que hoy se emite. Ciertamente, la controversia medular de este pleito constituye una interrogante jurídica que actualmente no encuentra una contestación definitiva en nuestro ordenamiento. Siendo así, no resultaba correcto que los foros inferiores razonaran que estábamos ante una acción carente de fundamentos en derecho y susceptible de ser desestimada en esta etapa de los procedimientos.

 

Lo procedente, es que el foro primario prosiga con el trámite de este caso y en esa gestión preste cuidadosa atención a la totalidad de los argumentos que indudablemente influyen en esta causa. Atendidos y ponderados los respectivos planteamientos, las partes que resulten inconformes, de así desearlo, podrán recurrir de la determinación que tome el Tribunal de Primera Instancia. En su día, este Foro podrá adentrarse en la controversia y proveerle a las partes y a la ciudadanía una norma clara y vinculante a seguir.

 

En vista a que esa norma hoy día no existe, recae inicialmente en el foro primario la tarea de resolver, conforme a su criterio, la solución más justa a este caso.

 

El Juez Asociado señor Estrella Martínez concurre y emitió la expresión siguiente:

 

El Juez Asociado señor Estrella Martínez concurre y se reitera en los fundamentos contenidos en su Opinión Disidente en Consejo de Titulares v. Chamah Martínez, 202 DPR 173 (2019), en lo atinente a los méritos de esta controversia.

El Juez Asociado señor Colón Pérez emitió Opinión disidente.

 

Javier O. Sepúlveda Rodríguez

Secretario del Tribunal Supremo

 

-Véase Opinión de conformidad emitida por el Juez Asociado señor MARTÍNEZ TORRES a la que se unieron los Jueces Asociados señor KOLTHOFF CARABALLO y señor FELIBERTI CINTRÓN.

-Véase Opinión Disidente emitida por el Juez Asociado señor COLÓN PÉREZ.

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