2024 LEYES DE PUERTO RICO 2024

Ley Núm. 69 del año 2024

(P. de la C. 1789); 2024, ley 69

Para declarar el mes de octubre de cada año como “Mes de la Historia Natural del Archipiélago de Puerto Rico.”

Ley Núm. 69 de 2 de mayo de 2024

Para declarar el mes de octubre de cada año como “Mes de la Historia Natural del Archipiélago de Puerto Rico”, a los fines de promover la historia natural del archipiélago de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Como sociedad se debe preservar y estudiar la historia local. Parte de esa historia está en el campo de estudio denominado paleontología. La paleontología es el estudio de los fósiles, que son los restos preservados o rastros de organismos antiguos. Los fósiles pueden proporcionar una gran cantidad de información sobre la historia de la vida en la Tierra, incluida la forma en que los organismos han evolucionado con el tiempo, cómo han respondido a los cambios en el medioambiente y cómo han interactuado entre sí.

La paleontología es importante por varias razones. Primero, ayuda a comprender la historia de la vida en la Tierra. Los fósiles pueden proporcionar una cronología de cómo los diferentes organismos han evolucionado a lo largo del tiempo, y también pueden informar sobre las condiciones ambientales que existían cuando vivían estos organismos. Esta información se puede utilizar para comprender mejor el estado actual del medioambiente y predecir cómo podría cambiar en el futuro.

La paleontología es un campo de estudio fascinante e importante. Ayuda a comprender la historia de la vida en la Tierra, cómo los organismos han respondido a los cambios en el medioambiente y cómo los organismos han interactuado entre sí. Esta información se puede utilizar para comprender mejor el estado actual del medioambiente, para predecir cómo podría cambiar en el futuro y para desarrollar estrategias de conservación y sostenibilidad.

El propósito de esta medida es educar al público sobre la historia natural del archipiélago de Puerto Rico, inspirar a las personas a seguir carreras científicas y promover la educación científica en este campo. En su consecuencia, ayudará a estimular el desarrollo económico en forma de turismo científico y general.

A modo ilustrativo, destaca particular atención que para el año de 2014, el científico puertorriqueño Jorge Vélez Juarbe, publicó en el Journal of Vertebrate Paleontology, un estudió en el cual anunciaba el descubrimiento de un nuevo género de sirenio fósil. Dicho acontecimiento se suscitó en el municipio de San Sebastián. Tanto Vélez Juarbe como su compañero Daryl Domning, describieron que las características físicas de los huesos corresponde a las de un dugongo extinto. Además, en Puerto Rico ha sido ampliamente documentado el descubrimiento de yacimientos indígenas en distintos puestos del país

En ese sentido, la presencia de los museos cumple un rol de gran importancia en la sociedad. Una importante contribución que viabiliza la presencia de los museos es la de difusión de ideas, que a su vez sirve para nutrir y esparcir el conocimiento a la ciudadanía.

Los museos son el epicentro y el refugio de las ideas y teorías. Son pieza fundamental en el desarrollo social y cultural de cualquier nación. Los museos son estructuras que ilustran el respeto que siente un pueblo por su cultura y sus raíces antropológicas. Rinden homenaje a quienes con sus investigaciones y creaciones han pavimentado el presente y laboran arduamente para delinear el futuro.

Es interés de esta Asamblea Legislativa contribuir a documentar la historia prehistórica de Puerto Rico. De esta forma se fomenta y se visibiliza que las generaciones presentes y futuras tengan la oportunidad de conocer la historia de Puerto Rico, desde un enfoque paleontológico.                        

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:


Artículo 1.-Declarar el mes de octubre de cada año como “Mes de la Historia Natural del Archipiélago de Puerto Rico”.

Artículo 2.-El Gobernador o Gobernadora de Puerto Rico emitirá, con al menos diez (10) días de anticipación al día primero de octubre de cada año, una proclama para comunicar al pueblo puertorriqueño sobre la historia natural del archipiélago de Puerto Rico.

Artículo 3.-El Instituto de Cultura Puertorriqueña, en conjunto con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, desarrollará y coordinará junto a entidades locales e internacionales, aquellas actividades necesarias, a los fines de educar a la ciudadanía sobre la historia natural de Puerto Rico. Asimismo, se promoverá la participación de la ciudadanía y organizaciones educativas, incluyendo profesores de historia, paleontología y otros en esta gesta educativa sobre la historia natural de Puerto Rico. El cumplimiento de esta Ley estará sujeta a la disponibilidad de fondos para sufragar las actividades anteriormente señaladas, según certifiquen la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico. La Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico deberán ser proactivas en la identificación de los fondos necesarios para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley. Durante el periodo de análisis del presupuesto para cada año fiscal, deberán llevar a cabo las gestiones necesarias para certificar la disponibilidad o no de los fondos necesarios hasta que se logre dar cumplimiento a lo aquí dispuesto.

Artículo 4.-Esta Ley entrará en vigor el 1 de julio de 2024.

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ADVERTENCIA

-Este documento es una copia de la Ley original de Puerto Rico cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores. Está sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada en www.LexJuris.net

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