Revista Jurídica de
LexJuris de Puerto Rico
Volumen 17 Octubre 2012 Núm. 1
El sábado 17 de marzo, en la madrugada, el Departamento de la Familia (DF) y el Departamento de Hacienda (DH), en colaboración con la Policía, realizaron un operativo en la discoteca Shalekos VIP de Río Piedras para verificación de licencias y permisos.
En dicho operativo, la Policía encontró que había muchos menores desde la edad de 10 u 11 años en adelante en la discoteca sin supervisión de un adulto, y donde se servían bebidas embriagantes.
El Secretario Auxiliar de Asuntos de Menores y Familia, Carlos A. Alonso Sánchez, informó que el Departamento de Justicia presentó quejas por las faltas de daño agravado contra tres menores de entre 15 y 16 años, que causaron daños a patrullas de la Policía durante dicha intervensión.
Alonso Sánchez dijo que acudirían en alzada por las faltas de motín e infracciones a la Ley de Armas las cuales no prosperaron en la vista que fue presidida por la juez Gloria Maynard de la Sala de Investigaciones del Tribunal de San Juan.
La Secretaria del Departamento de la Familia, Yanitsia Irizarry, dijo que los padres de los menores que se encontraban en la discoteca podrían ser acusados por maltrato en la modalidad de negligencia y que de ser hallados culpables enfrentan penalidades que pueden alcanzar un máximo de 8 años y/o multas de hasta $10,000 si median circunstancias agravantes.
La Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores, Ley Núm. 246 de 16 de diciembre de 2011, define maltrato como todo acto u omisión intencional en el que incurre el padre, la madre o persona responsable del menor de tal naturaleza que ocasione o ponga a éste en riesgo de sufrir daño o perjuicio a su salud e integridad física, mental y/o emocional, incluyendo abuso sexual, según es definido en esta Ley.
O sea, que los padres que “abandonen” a sus hijos en una discoteca, donde se venden bebidas embrigagantes, sin supervisión de un adulto, incurren en maltrato ya que están poniendo en riesgo a sus hijos de sufrir daño o perjuicio a su salud e integridad física o mental. Los menores no pueden ingerir bebidas alcohólicas, ya que está prohibido por ley y el incurrir en esta conducta le puede causar grave daño corporal. Además, los menores estaban “bailando” lo que se conoce como “perreo” que en esta edad esa conducta le podría causar daño emocional.
Por otro lado, la Ley considera maltrato el permitir que otra persona ocasione o ponga en riesgo de sufrir daño o perjuicio a la salud e integridad física, mental y/o emocional de un menor; abandono voluntario de un menor.
Cuando los padres dejan a sus hijos en un establecimiento donde se venden bebidas alcohólicas están permitiendo que otras personas ocasionen daño físico y emocional a sus hijos.
La Ley 246 define “negligencia” como el tipo de maltrato que consiste en faltar a los deberes o dejar de ejercer las facultades de proveer adecuadamente los alimentos, ropa, albergue, educación o atención de salud a un menor; faltar al deber de supervisión;...”
Cuando unos padres permiten que sus hijos estén a altas horas de la noche en una discoteca y sin supervisión de un adulto están faltando a su deber de supervisión.
La Ley antes citada obliga a las agencias y municipios del Gobierno de Puerto Rico a atender con prioridad las situaciones de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional que advengan a su conocimiento. El Departamento de la Familia, Departamento de Educación, Departamento de Salud, Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, el Departamento de Vivienda, Departamento de Justicia, Policía de Puerto Rico, Administración de Corrección, y la Administración de Instituciones Juveniles, están obligados a coordinar entre sí sus esfuerzos cuando se requiera la prestación de servicios relacionados con la identificación, prevención o tratamiento de los menores que son víctimas de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional.
Es por esta razón que el Departamento de la Familia, al advenir en conocimiento de lo que sucedía en la discoteca Shalekos VIP, decide hacer el operativo en coordinación con el Departamento de Hacienda y la Policía.
Además, la Carta de los Derechos del Niño, Ley Núm. 338 de 31 de Diciembre de 1998, establece que el niño tiene derecho a ser protegido por el Estado de cualquier forma de maltrato o negligencia que provenga de sus padres o de personas que lo tengan bajo su cuidado y a disfrutar del cuidado y protección del Estado cuando sus padres y familiares no asuman o se vean imposibilitados de asumir dicha responsabilidad.
Este caso es sumamente importante porque presenta una situación lamentable en que algunos de los menores, además de sufrir de maltrato por el abandono y negligencia de sus padres, ocasionaron daños a propiedad del Gobierno, y según se dijo en las noticias, algunos fueron incitados por sus padres.
Nuestro Código Civil dice que toda persona que por acción u omisión ocasione daño a otra, ya sea mediando culpa o negligencia, está obligada a reparar el daño. También, impone responsabilidad a los padres por los daños ocasionados por sus hijos menores de edad que viven en su compañía.
En otras palabras, los padres van a responder por los daños que ocasionaron estos menores a las patrullas de la Policía, más aún cuando algunos de los padres incitaron a sus hijos a cometer estos actos delicitivos. De demostrarse que esto fue así, no solo son responsables económicamente por los daños, sino que serían responsables criminalmente.
Lo triste de este caso es que demuestra lo mal que está nuestra Sociedad. ¿Cómo podemos esperar que no haya criminalidad en nuestro país si los padres no supervisan a sus hijos, los abandonan hasta altas horas de la noche en una etapa de sus vidas tan difícil y encima de eso, incitan a que ocasionen daño a la propiedad de la Policía? No solo están abandonando a sus hijos y permitiendo que sufran daño emocional y físico, sino que los están enseñando a no respetar la autoridad.
Estos niños y adolescentes son nuestro futuro. ¿Qué nos espera entonces? ¿Qué podemos esperar si los padres no cumplen con su deber de supervisión, no enseñan valores a sus hijos ni lo que es el respeto?
Si los hijos no actúan correctamente es deber de los padres castigarlos y enseñarles la diferencia entre lo bueno y lo malo. Pero, ¿cómo le van a enseñar si tal parece que los padres de estos menores no saben hacer esta distinción?
Es hora ya de dejar de echarle la culpa de la criminalidad a el gobierno y aceptar que la culpa la tienen los padres que no educan a sus hijos, que no le enseñan valores, que no los supervisan, que los dejan al garete y que les enseñan a ser agresivos y a no respetar a los mayores ni a la autoridad.
Si los padres de estos menores continúan la crianza de éstos como hasta ahora, lamentablemente tengo que decir que son los delincuentes de un futuro cercano.
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Preparado y Autorizado por su autora: Lcda. Migdalia Millet – Abogada
Todos los Derechos Reservados 2012
Para otros escritos de la autora visite el Web Blog de MindyOpina
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