Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R.


 98 DTS 033 IN RE: LABORDE FREYRE TSPR-98-33

En el Tribunal Supremo de Puerto Rico

IN RE: MIGUEL A. LABORDE FREYRE

CONDUCTA PROFESIONAL

TSPR98-33

Número del Caso: AB-97-133

Abogados Parte Querellante: Hon. Carlos Lugo Fiol, Procurador General

Lic. Yvonne Casanova Pelosi, Procuradora General Auxiliar

Abogados Parte Querellada: Por derecho propio

Abogados Parte Interventora:

Tribunal de Instancia:

Juez del Tribunal de Primera Instancia:

Tribunal de circuito de Apelaciones:

Juez Ponente:

Fecha: 3/27/1998

 

Materia: Conducta Profesional

ADVERTENCIA:

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

RESOLUCION

San Juan, Puerto Rico, a 27 de marzo de 1998.

Vía reconsideración y considerando la comparecencia del abogado y la declaración jurada del quejoso que se acompaña, se reconsidera lo dispuesto en la Opinión Per Curiam y Sentencia del 13 de febrero de 1998.

En estas circunstancias, se ordena al Colegio de Abogados que reactive la queja de la señora Eva L. Figueroa Estrella contra el abogado y oportunamente someta el Informe correspondiente. Además, la Secretaría del Tribunal queda autorizada también a continuar los procedimientos relativos a la comunicación de la Hon. Georgina Candal, Juez del Tribunal de Primera Instancia.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Rebollo López no intervino.

Isabel Llompart Zeno

Secretaria del Tribunal Supremo

 

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