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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


Maldonado v Cruz, 2004 TSPR 01

El Tribunal Supremo se expresa sobre pensiones alimentarias en el contexto de capitulaciones matrimoniales válidas otorgadas dentro del nuevo matrimonio del padre alimentante. Se resuelve en primer lugar, y entre otras cosas, mediante Opinión emitida por el Juez Rebollo, que unas capitulaciones no son nulas por contener acuerdos de conducta  consensual prematrimonial, los cuales tienen validez aunque no estén sujetos a la condición suspensiva de que el matrimonio ocurra.

En segundo lugar, y en relación a la controversia principal del caso, se resuelve que procede desestimar la reclamación contra la nueva cónyuge del padre alimentante, si en ese matrimonio se otorgaron capitulaciones válidas en las que se rechazó el régimen de sociedad legal de gananciales, y se adoptó el de total separación de bienes.   Las palabras finales del Tribunal Supremo al respecto fueron las siguientes:
"Aun cuando en el día de hoy reiteramos la norma esbozada en Cepeda Torres v. García, ante --a los efectos de que en todo pleito de alimentos en que uno de los padres haya contraído nuevo matrimonio bajo el régimen de capitulaciones matrimoniales, el cónyuge extraño deberá ser traído al pleito como parte indispensable ante la posibilidad de que el tribunal determine la nulidad o ineficiencia de las capitulaciones pactadas o del régimen económico allí estipulado-- resolvemos que el cónyuge extraño deberá ser excluido inmediatamente del pleito en la eventualidad de que el tribunal determine que la pareja pactó válidamente en sus capitulaciones el régimen de total separación de bienes. Dicho de otro modo, la determinación judicial de validez de las capitulaciones matrimoniales hace mandatoria e imperativa, la decisión de excluir al cónyuge extraño del procedimiento de alimentos pendiente. Ciertamente, resolver que las capitulaciones matrimoniales son totalmente válidas y, aún así, mantener al cónyuge extraño como parte en el pleito resulta ser un gravísimo error y/o una enorme contradicción." (énfasis del Tribunal)


Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés, quien puede
ser contactado en esilva@fgrlaw.com. ©2004, Enrique Silva Avilés, todos los derechos reservados.
 

Advertencia: La colaboración de estos resumenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes. LexJuris no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

 

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