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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


Ortiz Rivera v. Puerto Rico Telephone 2004 TSPR 133

Mediante opinión emitida por el Juez Corrada del Río, el Tribunal Supremo resuelve que una carta de una empresa contenía una declaración unilateral hacia la parte demandante.
El Tribunal Supremo explicó que una declaración unilateral de voluntad es una fuente de obligación separada de las otras mencionadas en el artículo 1042 del Código Civil.  El Tribunal Supremo resuelve también que el término prescriptivo aplicable a este tipo de obligación es el de quince (15) años, contándose desde el momento en que la pretensión del acreedor es insatisfecha.

 


Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no
constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho.

El autor prepara este resumen como un servicio voluntario a la comunidad.

 

Advertencia: La colaboración de estos resumenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes y como un servicio voluntario a la comunidad. LexJuris.com no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

 

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