2004
DTS 179 SUAREZ JIMENEZ V. COMISION ESTATAL 2004TSPR179
Solicitud
de Certificación de Recurso ante el Tribunal de Primera
Instancia, Sala de San Juan. Derecho electoral.
Al Supremo le correspondió determinar si son
válidas aquellas papeletas estatales de los comicios
electorales del 2 de noviembre de 2004 en las que los
electores emitieron su voto realizando una marca bajo la
insignia del Partido Independentista Puertorriqueño (en
adelante P.I.P), otra a favor del Lcdo. Aníbal Acevedo Vilá
como candidato a Gobernador por el Partido Popular Democrático
(en adelante P.P.D) y otra a favor del Lcdo. Roberto Prats
Palerm como candidato a Comisionado Residente de esta última
colectividad política.
El
Tribunal Supremo en una opinión Per Curiam de 4 a 3, valida
aquel voto emitido mixto en la papeleta estatal que contiene
una cruz bajo una de las insignias de los partidos y una
cruz en cada uno de los encasillados correspondientes a los
candidatos a los puestos de Gobernador y de Comisionado
Residente correspondientes a otros partido políticos.
Además, ordenó a la Comisión Estatal de Elecciones, el
recuento de todos los votos juntos con el escrutinio.
-Los
tres (3) jueces disidentes se reservaron publicar sus
opiniones en la espera de una solicitud de remoción
(“Notice of Removal”) radica por unas de las partes ante
el Tribunal Federal, que por mandato expreso de un estatuto federal
aplicable a Puerto Rico, a saber: 28 U.S.C.A. 1446(d), ordena
la paralización automática de los procedimientos
judiciales a nivel local o estatal y priva de jurisdicción
al foro local.
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