2005
DTS 148 In re: Marini Román, 2005 TSPR 148
Mediante
Opinión per curiam, el Tribunal Supremo censura enérgicamente
al Lic. Marini por su conducta objeto de este proceso
disciplinario, y concluye nuestro más Alto Foro que el
referido letrado violó los Cánones 18 y 35 de Ética
Profesional.
Algunos de los hechos que el Tribunal Supremo determinó,
y que fundamentan la conclusión de que se violaron de
los cánones mencionados, fueron (1) que el abogado alteró
un documento presentado ante el foro apelativo, y (2) que
el abogado tomó unas medidas censurables para lograr la
inhibición de un Juez Superior que presidía un caso en
el que el Lic. Marini era un representante legal---en
esencia, la medida tomada fue unir otro abogado a la
representación legal que el Lic. Marini brindaba a su
cliente, a sabiendas de que unir a ese otro abogado en
particular provocaría la inhibición del Juez que presidía
el procedimiento judicial. |